El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que negó una herencia, a partir de un testamento redactado en 1927, a dos hermanas porque eran hijas adoptadas y, por tanto, consideraba, no legítimas. La Sala Primera del TC ha concedido así el amparo pedido por las dos hermanas, al reconocer su derecho a la igualdad y a no ser discriminadas por razón de nacimiento después de que se les dejara fuera de la herencia de su abuelo paterno.
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