Los trabajadores colegiados podrán seguir cobrando una pensión de jubilación y estar, al mismo tiempo, trabajando por cuenta propia. Esta situación, que teóricamente está definida por la ley que regula la Seguridad Social como "incompatible", ha sido finalmente incluida en una enmienda de la ley de reforma de las pensiones. Se mantiene, de esta forma, la ventaja laboral de los colegiados mutualistas respecto al resto de trabajadores.
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