Hasta ahora, los compradores de vivienda sobre plano gozaban de una normativa ampliamente protectora de sus derechos. Dicha norma, pese a su breve articulado, había sido profusamente desarrollada por la Jurisprudencia, siendo la línea seguida en los últimos años por el Tribunal Supremo, gran protector de los derechos de los cooperativistas o compradores de viviendas en construcción. Sorprendentemente, y por qué no decirlo, para alivio de las entidades bancarias y aseguradoras, la citada Ley 57/68 ha sido derogada.
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