Si esas "gratificaciones extraordinarias" de las que habla el Estatuto de los Trabajadores tuvieron sentido algún día, lo han perdido completamente. La mera distribución del salario bruto anual en catorce mensualidades no constituye una gratificación extraordinaria. Se trata de una costumbre española que, fruto de una peculiaridad histórica y bajo el paraguas de los convenios colectivos, aceptamos sin prestar atención a sus consecuencias.
|
etiquetas: paga extraordinaria , trabajadores , boe , salario