Un juzgado de Barcelona obliga a la entidad a devolver a 2.973,45 euros al considerar nula la cláusula de los gastos hipotecarios, más 1.000 euros de intereses. El portal reclamador.es asegura que es una sentencia muy importante porque se establece que no hay prescripción, es decir, que siguiendo cualquiera de los dos criterios posibles sobre el inicio del cómputo de la prescripción que plantea el Tribunal Supremo, la acción de nulidad de pleno derecho de la cláusula abusiva no estaría prescrita.
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