Así, con el desarrollo recién publicado de la Ley de Insolvencias aprobada por su Parlamento en enero del año pasado, cualquier titular de una hipoteca que solicite a su entidad financiera una condonación parcial de la deuda que con ella tiene contraída deberá haber renunciado antes a cualquier bien considerado como suntuario o prescindible, caso de la televisión por satélite o cable, la educación de los hijos en centros privados, las vacaciones en el extranjero o, incluso, el coche si tiene fácil acceso a los medios de transporte público.
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