Si algo llama la atención de la resolución es que el procedimiento no se dirige contra la [WEB DE ENLACES], a pesar de que la denuncia había sido planteada contra ella. La Sección Segunda da un giro en la instrucción y sitúa la responsabilidad de la posible infracción en el [MEGASERVIDOR], una entidad ubicada fuera de la Unión Europea.
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