edición general
21 meneos
64 clics
Este envío tiene varios votos negativos. Asegúrate antes de menear

El artículo 47 de la Constitución Española

El artículo 47 de la Constitución Española declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.

| etiquetas: artículo 47 , constitución española , vivienda
Me jode decirlo, pero el capítulo tercero de la Constitución es un compendio de buenas intenciones sin que sean vinculantes, son simples directrices que todos se las han pasado por el forro más que nada por que fueron redactadas para eso precisamente, el capítulo segundo es el que se supone que debe ser vinculante y palabra de ley grabada a fuego, y ni aun así.

A pesar de ser republicano, si me aseguran que se va a cumplir la constitución en toda su extensión, le haría genuflexiones a los borbones sin ningún remordimiento.
#11 Creo que Julio Anguita decía eso, que le importaba más que se cumpliera lo que pone hoy en la constitución que cambiarla por otra que tampoco se va a cumplir.
#36 Si tuviera que corregir la constitución hoy en día, realmente no sabría que quitar y que poner en los primeros capítulos, bueno, haría el capítulo 2 vinculante, no que fueran "directrices", la corona la quitaría entera y las referencias a la iglesia católica.

Como el capítulo 2 sería vinculante, se protegería especialmente la sanidad, la educación, la vivienda, etc... de los buitres.

[off topic]
En cuanto a la ordenación territorial eliminaría la figura de la provincia* por

…   » ver todo el comentario
#62 Da igual los cambios si al final se le hace el mismo caso que a ésta.
#74 Cierto.
#21 Un ciudadano que destine más del 30% de su renta a pagar su vivienda, ya se está esforzando lo suficiente.
¿En que juzgado se puede denunciar? Está ley no se está cumpliendo.
#1 y donde miente donde se incumple?
Tú tienes el derecho, ahora bien, págatelo, no va a ser gratis ni barato. Que no puedes? Esfuérzate mas.

Modo neoliberal off
#2 El derecho de alguien conlleva el deber de cumplirlo de otro.

El derecho a la salud tampoco está dentro de los derechos fundamentales y vas al médico y no pagas allí nada por la consulta.

El derecho a la educación igual, vas a la escuela y al igual q pasa con la sanidad pública, no tienes que pagar como si pasa con la privada.

Un apunte. El artículo 14 y no recuerdo si es el 38, el de la objeción de conciencia,son derechos fundamentales y no están dentro del capítulo de derechos…   » ver todo el comentario
#2 #7 #3 #5 el artículo 47 no es un derecho, es un principio rector del estado, de los 3 niveles, derechos fundamentales, derechos de los ciudadanos y principios rectores, estos últimos no vinculan a los poderes públicos, ni puedes tu exigir su cumplimiento.

Pasa lo mismo con la sanidad, o las pensiones.

El que si tiene protección, vincula a los poderes públicos y puedes exigir su cumplimiento es el 33 que es un derecho de los ciudadanos a la propiedad privada.

Lo que hizo broncano en la revuelta haciendo leer el artículo es demagogia.
#29 Totalmente.
#58 Pues mira el hilo sobre el mensaje que citas, que parece que aún poniendo la constitución delante, siguen creyendo que el 47 "garantiza" la vivienda digna donde ellos quieran.
#29

Lo fundamental:

confilegal.com/20240521-el-tribunal-constitucional-reconoce-el-derecho

El artículo 30 y el 14 no están dentro de la sección de derechos fundamentales y de igual forma son derechos fundamentales x q asi lo establece el art 53.2

Por lo que hay que descartar que tenga q estar obligatoriamente dentro de los derechos fundamentales para considerarse un derecho fundamental.

La carta social europea reconoce la…   » ver todo el comentario
#80 En el futuro, haz lo que quieras con las leyes.

Actualmente, el 47 es un principio rector, con 0 protección, con 0 vinculación de los poderes públicos, y con 0 posibilidades de ir a un juzgado a pedir que te restituyan el derecho.

el 30 no, el 30.2 nada mas.

pero son esos, el 14 y el 30.2 claramente expresados en el articulo 53, el 47 no está incluido ahi.

El artículo 18 no dice nada de la vivienda, mas allá de que siguiendo con la propiedad privada, no puedes entrar en una sin…   » ver todo el comentario
#82

¿0 Vinculación con los poderes públicos?

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
#83 Eso no es vincular a los poderes públicos, vincular es que hay obligación de cumplimiento

El artículo 53 establece que los artículos del capitulo tercero del titulo primero no son vinculantes, solo "informativos"

En los llamados derechos fundamentales (mas el 14 y el 30.2) tienes protección absoluta, y sin dilacion, en los derechos de los ciudadanos tienes protección, pero primero van los otros, y luego si hay tiempo, ya ser verá. Los principios rectores, tal y como dice el…   » ver todo el comentario
#84

Las Garantías del Artículo 53.3

Este apartado dispone que el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios rectores de la política social y económica (arts. 39- 52) informarán la legislación
positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser
alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que
los desarrollen.

Esta regulación, referida no a todos los derecho sociales, sino solo a los regulados en
el…   » ver todo el comentario
#87 "informarán"

No hace falta que me lea el resto de tu perorata.

"Sólo podrán ser
alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que
los desarrollen."

Si no hay ley, no puedes alegar.

No insistas, no es un derecho, no es obligatorio para el estado llevarlo a cabo, y no puedes alegar sobre el artículo en si.

Te lo repito, leete el título I, cuando lo hayas hecho, vuelves a hablar conmigo.
#88

Lee la nueva ley de vivienda por lo menos, a ver si entra aire fresco en esa cabeza
Yo ya me he leído mucho mas que la constitución que casi me la se de memoria.
#94 DEJALO YA

Ultimo aviso, no te tolero mas mensajes con chorradas.

A la próxima te vas al ignore.


#92 Ah no, espera, reportado por faltas de respeto.
El que hace el ad hominem diciendo que me reportas por faltas de respeto "a ver si entra aire fresco en esa cabeza", eres tu.

Yo te he enlazado los argumentos de la Ley de vivienda, de varias sentencias, etc...
Ni siquiera he dicho mi opinión.

Reiteras que me lea la constitución, cuando yo ya te la estoy citando en multitud de articulos e incluso sentencias y también sobre la ley de vivienda.

Tus argumento ha sido, "no es un derecho, leete la constitución y luego vuelve a…   » ver todo el comentario
#88

Si no quieres leer mas de lo que tu indicas que es mi perorata, que no lo es, porque no lo he escrito yo....
Sera porque no quieres leer esto que viene despues

"A pesar de ello, no son normas sin contenido, sino que obligan a los poderes públicos a tenerlos presentes en la interpretación tanto de las restantes normas constitucionales como de las leyes (STC14/1992). Y dichos mandatos conllevan la prohibición de que en la actuación estatal se les perjudique."
#88

Mira, ahí escribieron la perorata.

www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-17272

"...Estos «principios rectores», cuyo «reconocimiento, respeto y protección» informarán «la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos», según dice el art. 53.3 de la Constitución, impide considerarlos como normas sin contenido y obliga a tenerlos presentes en la interpretación tanto de las restantes normas constitucionales como de las leyes (STC 19/1982, de 5 de mayo...)."

Pero es que esta perorata la encontraras en multitud de sentencias.

Alla tu si quieres vivir de ilusiones.
#88

Mira la perorata que no es mía, aquí en otro documento oficial

app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=4

Lo curioso es que crees que lo que digo es opinión propia y no información.
#95 Reportado por faltas de respeto.

PESADO
#82

Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Sin domicilio no se tiene derecho a la inviolabilidad de este, si se quiere intimidad personal y familiar, me parece que tendrás que poder estar en una vivienda para hacer este derecho fundamental efectivo
La…   » ver todo el comentario
#85 Ah, entonces según tu, alguien ateo no tiene derecho al artículo 16

"Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias."

Si no tiene creencias o religión...

Y si no se comete un delito, tampoco se tiene la protección del artículo 17

Y si soy un aburrido sosaina que no sale de casa tampoco me reuno por la calle, y si no quiero, no me afilio a un sindicato.

No, en realidad es "si se da la situación, tienes derecho a eso, y si no se da, pues, es…   » ver todo el comentario
#86

Aunque, como hemos venido analizando hasta aquí, el derecho a disfrutar de una vivienda digna no es un derecho fundamental ni tampoco superior en nuestro ordenamiento jurídico, bien podría, este principio, verse integrado en otros derechos superiores constitucionalmente hablando.

A nuestro entender, esta integración del “principio-derecho” que nos ocupa con otros derechos superiores del ordenamiento jurídico más fuertemente garantizados, lo refuerza, invistiéndolo de un potestad que lo…   » ver todo el comentario
#86

Añado un extracto de la "Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda."

www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-12203

La Constitución española (CE) reconoce, en su artículo 47, el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada e impone seguidamente a los poderes públicos el deber de promover las condiciones necesarias que garanticen la igualdad en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales y de establecer las normas…   » ver todo el comentario
#86

¿Puedes no declarar sobre si tienes o no tienes ideología, creencia o religión?
Si, ¿verdad?
Están obligados a respetártelo.
Igual que están obligados a respetar tu libertad y todo lo que pone en el articulo 17
Igual que están obligados a respetar que estés sindicado y no por estar sindicado pueden ejercer represalias sobre ti.

El trabajo no es solo un derecho...
El trabajo es un derecho y un deber, lo cual es un sin sentido.
Cuando es un deber, no es un derecho y cuando es un derecho,…   » ver todo el comentario
#91 Los tiempos cambian, pero se ve que tu te has quedado en el 78.

Veo que ante la falta de argumentación, optas por los ad hominem.

Reportado por incitación al odio, y al ignore, ahora puedes ir por ahi diciendo que te ignoro porque me dices verdades.

A molestar a otro
#2 Por cierto, para no ser hipócrita, deberías de rechazar cualquier vivienda q te pueda corresponder por herencia para no acabar con una vivienda gratuita, barata o sin q conlleve esfuerzo alguno
#9 Tendrás que pagar a hacienda lo que corresponde, mantener el edificio a parte del papeleo para ponerlo a tu nombre y luego msntenerlo. Gratis no es aunque sea más barato que empezar de cero, pero las grandes fortunas de este país son heredadas, empezando por la jefatura del estado, que se heredó del golpista y asesino Franco.
#35
Yo ya me compré casa. Pero la gente no puede estar viviendo toda la vida de alquiler o peor aún, sin ni siquiera poder alquilar y viviendo en habitaciones con limitaciones de no poder subir a nadie ni de poder crear familia y vivir en la miseria e indignidad.
#2 Entraba a replicar este mensaje, pero he visto que el problema es que te habías dejado el neoliberalismo encendido. Qué susto.
#2 Los ciudadanos somos titulares de esos derechos, pero la administración es titular de las obligaciones para que esos derechos sean efectivos. Y si no lo son, es que no está haciendo bien su trabajo
#19 en realidad lo son, el problema es de los ciudadanos que no se esfuerzan suficiente

Modo liberal off
Ojo que opino como tú y #0 pero esas frases os que os digo me las han soltado cuando he defendido la creación de viviendas públicas o de que los políticos hagan su trabajo y legislen a favor del ciudadano
#2 A ver si aplican lo mismo a la religión...
#2 No solo es el derecho, sino el trabajo de los poderes públicos para impedir la especulación. Hemos visto en el congreso, diputados en el gobierno defendiendo la parte especulativa de hacer negocios con la vivienda.

Hemos visto venta de vivienda pública por lotes por debajo del precio de mercado a fondos buitres que no solo van a especular con la vivienda sino que además se han tenido beneficios del ayuntamiento que se los vendía.
#2 bueno, dice explícitamente que el estado hará todo lo posible para que así sea, e incluso menta una forma de hacerlo: la regulación del suelo.
#1 Tener dertecho no quiere decir que sea gratis, ¿eh?
#3 Nadie ha dicho lo contrario. Pero decido a la oferta y la demanda no es posible para muchas gente.

Los últimos gobiernos han dejado la obra pública y se necesita más.
#3 En mi opinión, el artículo no se cumple en la segunda parte.

y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.


En mi opinión no están haciendo nada para bajar los precios. No es que estén intentando cosas y fallen, es que directamente están faltando a su obligación.
#5 No es que no estén intentando cosas, no... es que hacen todo lo posible para que el precio de la vivienda siga siendo inasequible para las clases más desfavorecidas, empezando por el poder legislativo y acabando por el judicial.
#6 Peeeeeero, los grandes tenedores SI pueden tener Airbnb.
Si pones tu el piso de tu abuelo heredado en alquiler turístico "Eres un especulador, las zonas residenciales no son para el turismo, se está haciendo una compentencia desleal a los hoteles."

Es decir. Unos hijos de la gran puta... ¿Que es eso de que la economia se reparta entre los pobres?
¡Habráse visto!
#5 Y esto se articula en un código tecnico de edificación, una cédula de habitabilidad e inspecciones técnicas de edificios para asegurarte que la vivienda que compres o alquiles esté considerada como digna y adecuada.

En tanto en cuanto nada te impide comprar o alquilar una vivienda este derecho existe.
#3 Debe de ser digna, y debe de ser asequible. Nadie habla de gratuidad, pero un zulo al precio de más de la mitad del salario más común de España ni es digno, ni es asequible; y sin embargo, es lo más económico que encontrarás.

Obligar a la gente a irse dónde no hay trabajo porque allí hay menos demanda de vivienda y por tanto es más barata, tampoco es asequible, porque no tienen cómo ganarse la vida para pagar su vivienda. No hablamos de vivir en el centro de la ciudad, ni a cinco minutos…   » ver todo el comentario
#15 No, con esto queda claro lo que TU crees que es "digno y asequible"...
#31 ¿Te parece pedir mucho una vivienda a unos 30 minutos de dónde esté el trabajo que pueda ser pagada con un único salario? Vaya, ni que pidiéramos una mansión.
#38 No me lo parece, pero no es lo que dice la constitución...
#40 Ajá, ¿y cómo define vivienda digna la constitución? Dicho lo cuál: ¿qué es digno y adecuado? ¿Te parece que un zulo de 700€ es digno y adecuado?
#43 Precisamente NO se define, porqué no estariamos ni de lejos de acuerdo casi ninguno con qué lo define y la constitución es un "acuerdo de minimos" que luego las leyes tienen que desarrollar y definir y donde el concepto es que sea mucho más fácil cambiar esas leyes durante el tiempo y con "nuevos acuerdos" que cambiar esa base mas generica pero con más consenso que es la constitución...
#44 Por tanto, como la constitución no define digna y adecuada, yo te doy una definición de lo que es digna y adecuada con la que seguramente la mayoría de trabajadores de este país estarán de acuerdo, ¿si o no? Y si la mayoría están de acuerdo, ¿no es lógico pensar que en un país que se auto proclama democracia se legisle en ese sentido?
#46 "la mayoria de trabajadores estaran de acuerdo" (con tu definición):

NO,ni la mayoría de trabajadores ni la mayoría de ciudadanos (que no solo votan e importan los que trabajan).

p.d.: Para una constitución no deberia valer una mayoria sino una AMPLIA mayoría...
#50 El artículo 47 debe ser desarrollado por leyes no constitucionales, ¿lo sabías, no?
#61 Again: no hace falta una amplia mayoría, porque no significa reformar la constitución.
#66 Correcto para modificar las leyes con mayoria basta, pero puede que 4 años después cambien y vuelvan a cambiar.

Ese es el concepto por el que la constitución no es apenas concreta, para que no cambie casi nunca.
#73 No sigo con esto, man. Me estaba molando el debate pero hoy se me ha liado el día, sorry.

Lo mismo para #72 y #70. No os contesto más, que no me da la vida hoy, lo siento. Otro día nos machacamos en otra noticia :-)

Un placer!
#77 mil peldones pues.

(china sigue molando)
#46 Por cierto:

Lo que si es muy correcto es que reclames y votes para que se apliquen leyes como tú crees que se debe interpretar la constitución, 100%.

Pero que no lo hagan como tu quieres no implica incumplir la constitución.
#55 Ni tenemos acceso a viviendas dignas ni un sueldo que permita mantener una familia: me temo que incumplen la constitución.
#56 Yo no lo veo así...

Y claro que hay problemas, de vivienda y laborales...
#56 Aún sigues con eso?
el articulo 35 si tiene vinculación con los poderes públicos, y puedes ir a pedir que se cumpla, el 47 carece de protección alguna

#63
#15 esa vivienda digna y asequible para ti no está en Madrid, está en Guadalajara.

No es tienes derecho a vivienda digna en la ciudad de tu elección.
#34 ¿Hay trabajo suficiente en Guadalajara?
#39 eso no es competencia de la constitución, allí hay vivienda.

Tienes derecho a vivienda digna y a trabajo digno, pero no tienen porqué estar en el mismo sitio.

Eso es algo que a muchos os cuesta entender.

Aparte de lo dicho en otro comentario, el artículo 47 no es de obligado cumplimiento por nadie.
#42 La constitución es de obligado cumplimiento, de lo contrario, el referendum catalán hubiera sido legal, ¿o no? ¿Es o no es la carta magna? ¿No es esa la ley en base a la cuál se establecen los marcos de todas las demás leyes?

La constitución dice digna y adecuada: si no hay trabajo cerca para poder vivir y pagar la susodicha, deja de ser adecuada. ¿Comprendes?
#45 los artículos del capítulo tercero del título primero no son de obligado cumplimiento, lo pone el artículo 53.

Que nada menciona sobre el referéndum catalán.

Eso es lo que tú decides que es adecuado. Yo te digo que adecuado es que tenga tejado, calefacción y piscina.
#47 La definición de adecuado es "Apropiado para alguien o algo.". Si no la puedo pagar, no puede ser apropiada.

"El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen."

Eso dice el artículo 53 sobre el capítulo tercero dentro del cuál está el artículo 47. ¿Tu entiendes que no es de obligado cumplimiento? Yo entiendo que sí, pero que las leyes deben desarrollarlo.
#45 ¿Se ha construido de acuerdo al CTE? ¿Se le ha concedido cédula de habitabilidad?

Si la respuesta es si, entonces es digna o adecuada. Lo de que encuentres trabajo cerca lo has metido tu y lo del precio que indicas en #48 también.

¿Es adecuado para vivir y cumple la legislación? pues es digna y adecuada.
#49 La Cédula de Habitabilidad no tiene nada que ver con el precio. Si no es asequible, no es adecuada: sigue incumpliendo.
#60 Pero es que eso de que sea asequible no viene en el 47, y que sea o no sea asequible para ti no significa que la vivienda no sea adecuada. Puede ser adecuada y asequible para alguien que tenga más dinero que tú.

La Cédula de Habitabilidad no tiene nada que ver con el precio.
Pero es lo que exige la ley para que sea digna y adecuada para vivir.
#64 Para que sea adecuada debe ser asequible, ¿cómo va a ser adecuada si no la puedes pagar? Yo no hablo de que no pueda haber viviendas carísimas.
#69 Para que sea adecuada debe ser asequible
Eso te lo has sacado del forro de tus cojones.

Además es lo que te digo, puede ser adecuada para alguien que cobre más que tú.
#48 la puedes pagar, pero no estará en donde quieras, en Lugo por ejemplo las tienes por 50k€ pero tú quieres vivir en el país vasco, y ahí no bajan de 300k.

Eso no es asunto del artículo 47.

En su lugar podrías estar preocupado por el 35, que dice que el sueldo debe ser suficiente para mantener a uno y a su familia, y que el propio estado incumple.

Y ese si es un derecho que puedes obligar a cumplir. El 47 no
#51 ¿La puedo pagar si no tengo trabajo? ¿Es que acaso piensas que todos los españoles somos ricos? Adecuada implica que sea asequible. El artículo 53 garantiza que una persona pueda moverse libremente (o, lo que es lo mismo, forzada por la necesidad del trabajo). El 47 garantiza vivienda digna: allá dónde fueres, debes tener ese derecho a una vivienda digna. Es simple.

Ahora me das la razón citando el 35.

Debo obligar a cumplir el 35, y el 47: son complementarios. Yo quiero acceso a una vivienda digna, el cómo me lo garanticen me la suda: pueden doblarme el sueldo, o pueden regular el precio, o hacer vivienda digna.
#53 El articulo 53 garantiza que se debe cumplir el 19, si, pero también te dice que el 47 no está garantizado.

Artículo 53
Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).

Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las…   » ver todo el comentario
#1 Vivienda digna y adecuada solo significa que tiene que hacer un método de determinar que viviendas son dignas o cuales no, como por ejemplo la inspección técnica de edificios. Hay un mercado de la vivienda en el que la única barrera de acceso es pagar un dinero que viene a ser entorno al 20% del valor del edificio. Mejores condiciones si alguien que tenga un buen embargable te avala.

Así que tenemos los dos elementos. Las viviendas dignas y el derecho a disfrutar de ellas. Con restricciones…   » ver todo el comentario
#8 Hay un mercado de la vivienda en el que la única barrera de acceso es pagar un dinero que viene a ser entorno al 20% del valor del edificio

Eso es total y abaolutamente falso. No solo porque en realidad sea entorno al 33% (sumale el IVA / ITP + gastos notariales). Sino Porque asume que cualquiera tiene acceso a una hipoteca.
#16 A mí me dan una hipoteca pagando el 11% del valor del lugar donde hábito, eso sí, a 31 años y porque trabajo para un ente público, aunque sea subcontratada.

La esencia de lo que digo no cambia. Si tienes suficiente dinero para la entrada y alguien que te avale o un trabajo estable por lo que pagas de alquiler al mes o menos tienes piso en propiedad. El tema es que eso lo tiene cada vez menos gente. El tener dinero para la entrada es la principal barrera de entrada. Antes de la crisis de…   » ver todo el comentario
#16 a lo que se refiere el mensaje que citas (#8) es a la entrada para la hipoteca, que te financian el 80% y no todo el mundo puede soltar la entrada de golpe, es el problema de mucha gente que paga un alquiler superior a lo que sería la cuota mensual hipotecaria.


Y te has liado, pero mucho, con la tributación. El IVA de las viviendas es del 10%, no del 21%, y si está sujeta a IVA no tributa por TPO sino por AJD, en concreto por el concepto “entregas sujetas a IVA”, que en Baleares es del 1,5 % hasta el primer millón y al 2% el resto. En ningún caso sería ni la mitad del 33%
#1 A ti si que habría que denunciarte por no poner esto en "humor".
#1 Hay muchas viviendas dignas a precios muy dignos, pero NO en las ciudades...

No veo que ponga en la constitución algo como: "Y para que puedan vivir donde quieran o donde nacieron".

Que si, que hay un problemón con la vivienda(y con la centralización de los trabajos) pero no creo yo que puedas blander como argumento ese artículo de la construcción para ello...
#30 Dime que viviendas hay en Baleares a precios dignos. Pasate por los pueblos, en uno perdido de la montaña Palentina piden por casas para entrar a vivir 6 cifras, pueblo con 25 habitantes censados. El resto de casas que estan para arreglar enteras no bajan de 60.000-80.000.

En general el precio de la vivienda y del alquiler estan disparados, hay mucha gente forrandose con ello.

Ningun gobierno esta haciendo nada para evitar esta catastrofe.
#33 No veo en la consideración decir: "Y el que quiera vivir en Baleares podrá..."

60k eur a mi me parece un precio asequible en un lugar donde el SMI está sobre 1000eur/mes y cumplen con dignas y asequibles.

Insisto: Hay un problema, pero nada tiene que ver con ese artículo de la constitución más allá de que coinciden en que ambos hablan de vivienda...
#37 No digo que no puedas irte a vivir, los que viven alli tampoco pueden y se van a tener que ir.

60.000 euros una casa abandonada que hay que reconstruir y dejarte otros 30.000, mas luego tener que amueblarla entera, en un pueblo a hora y media de la capital. Lo que tu digas.

Repasalo, que no lo has entendido. Hay muchos más y muchos no se cumplen.
#54 He vivido y vivo en pueblo, hay muchissimas viviendas dignas, sin mecesidad de obras por 60-80k euros.

Lo que no hay es trabajo en esos lugares, pero viviendas HAY.
#59 El teletrabajo y la fibra optica podrian repoblar esos pueblos.
#67 Ojalá... pero creo que, especialmente los gobernantes, pueden hacer bastante más, por el trabajo y por la desmasificacion de las ciudades y la concentración del trabajo en ellas...

Y no es muy difícil empezarlo, una manera muy fácil:

Los siguientes puestos de funcionarios "centrales" crealos lejos de las grandes ciudades...
Es un principio rector que está ahí para orientar las políticas públicas, no un derecho fundamental como el derecho a la vida o a la educación.
El gobierno debería hacer todo lo posible por eliminar la especulación, tal como dice la Constitución.
Alguien se acuerda del “No vas a tener casa en tu puta vida”?
Igual hay que dejar tiktok un rato de lado y volver a salir a la calle para recordale a los políticos quién manda aquí.
#26 ¿Quién? :troll:
#28 tito floren
Lo que no puede ser es que en éste país sólo puede acceder a la VPO quien puede comprar los pisos a precio de mercado libre.
Precisamente la función de la VPO es que quien no tiene recursos pueda acceder a tener un sitio razonable, no enriquecer al montón de parásitos que hay por enmedio.
Para acceder a una hipoteca en una VPO hacen falta más de 50.000€ en el banco. No es solución hacer VPO de manera indiscriminada para ser vendida.
#17 La VPO tiene que ser de alquiler asequible y garantizada de por vida, es decir, debería de ser de titularidad pública IMPRIVATIZABLE como el Palacio Real, de PATRIMONIO NACIONAL, no sea que lleguen unos peperos de mierda municipales o autonómicos lo vendan a fondos buitre. ¿Eh, Botella?
comentarios cerrados

menéame