La magistrada considera que "no era previsible... es que los pasajeros del tren de cercanías, incurriendo en una notoria negligencia y prescindiendo de las más elementales normas de cuidado, incumpliendo con lo previsto en la normativa aplicable, decidieran, sin buscar el paso habilitado al efecto, pasar al otro andén cruzando directamente las vías, sin prever que por las mismas se podría acercar otro tren, hallándose la salida habilitada al efecto expedita..."
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