El instructor ha dictado un auto, donde explica que una vez concluida la instrucción de este procedimiento “no ha quedado acreditado que Caja Madrid emitiera participaciones preferentes con el objeto de engañar a los inversores de forma global a sabiendas de que no iban a recuperar su inversión”. “Tal posibilidad no era siquiera fácilmente predecible en 2009 sin que sea admisible un juicio retrospectivo de intenciones a la luz de los acontecimientos ocurridos años después”, añade el juez Andreu en su auto.
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