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Algunos españoles tendríamos que irnos

Se exige para el sostenimiento de cualquier extranjero (independientemente de su edad) la tenencia de una cantidad diaria mínima de dinero que represente en euros el 10% del salario mínimo interprofesional bruto, o su equivalente en moneda legal extranjera: una cantidad mínima equivalente a 63,30 € por día de estancia y por persona.

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