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El acceso al ordenador sin orden judicial se considera prueba ilícita

El acceso a la información acumulada en un ordenador pertenece al ámbito de la intimidad. Su acceso, por la policía judicial no consentido por su propietario o sin autorización judicial personal, sólo será constitucionalmente legítimo si existen razones de necesidad y urgencia y respeta los principios de proporcionalidad y razonabilidad. [ADMIN: Enlace correcto en el comentario #2].

| etiquetas: ordenador , acceso , prueba
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