Un juzgado de Coria del Río ha absuelto de una falta a una hija por llamar "puta" e "hija de puta" a su madre en presencia de familiares. El juzgado sostiene que los insultos están acreditados, sobre todo por haberlos presenciado una tercera persona, el hermano de la denunciada e hijo de la denunciante, pero considera que estas palabras no son de entidad suficiente como para merecer una sanción penal por falta (no por delito) y ha absuelto a la denunciada.
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