La Abogacía del Estado estima que la decisión del pasado 21 de octubre del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo, que derogó la doctrina Parot que alargaba la estancia en prisión de decenas de reclusos considerados peligrosos como terroristas, asesinos y violadores, no es de aplicación general.
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