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100 000 euros de multa por enviar una carta de publicidad sin consentimiento del destinatario

Una empresa ha sido sancionada por enviar una única carta de publicidad al domicilio de la denunciante sin contar con su consentimiento. En concreto, la Agencia Española de Protección de Datos constata que la empresa que envió la carta trató los datos relativos a nombre, apellidos y dirección sin el consentimiento de su titular para hacerle llegar una oferta promocional, por lo que procede que sea sancionada con 100 000 euros de multa.

| etiquetas: lopd , datos personales , publicidad , spam , propaganda , carta
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