La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha anulado dicha sentencia, dictada el pasado 9 de marzo, y ha ordenado a la Audiencia que exponga los motivos por los que absolvió a Eceiza por falta de pruebas; que se pronuncie motivadamente sobre los elementos fácticos que incluía la resolución anulada y su vinculación causal con los delitos por los que había sido acusado.
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