Para empezar les gusta España y se sientes españoles. Cosa que odia la izquierda. No está de moda renegar de tu país y abrazar cualquier otra bandera excepto la española.
#18 Que mucho provida pero en realidad la vida ajena les suda 3 cojones porque estos son los mismos que defienden la privatización de la sanidad y si el pobre se tiene que morir por pobre pues que se muera porque Dios así lo ha querido. Todos sus rezos, crucifijos y demás parafernalia tienen el único objetivo de mantener su status quo.
Yo de las palabras que llevo acordándome toda la semana son las de Ricard Chulià tras las elecciones de 2023: “Por favor, que esta vez solo se dediquen a robarnos”.
#13 Me da igual que dimita o no. A ella y a todos los responsables les deben de abrir un proceso penal por la responsabilidad que conllevan sus cargos y la omisión de sus deberes que ha costado vidas.
Las élites europeas están al servicio de EEUU y de Israel aunque tengan que vender a su propia población acusando de antisemitas a quienes reaccionan a la violencia sionista y aunque sea destruyendo su propia economía para agradar a los que vienen del Atlántico.
#5 Aquí te expongo algunos aspectos relevantes que se tendrían en cuenta en una situación así:
1. Requisitos Constitucionales
La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 155 un procedimiento específico para intervenir en una comunidad autónoma. Según este artículo, si una comunidad autónoma actúa de forma que contraviene gravemente el interés general o no cumple con sus obligaciones constitucionales, el Gobierno central puede intervenir.
La aplicación del artículo 155 requiere la aprobación del Senado, no es una decisión unilateral del presidente del Gobierno. Una vez aprobado, se pueden tomar medidas que pueden incluir la intervención en la administración autonómica, pero no necesariamente implican el uso del ejército.
Para desplegar al ejército en una comunidad autónoma, sería necesario justificar que se trata de una amenaza extraordinaria que no puede abordarse con los cuerpos de seguridad ordinarios (Policía Nacional, Guardia Civil), algo sumamente raro en… » ver todo el comentario
Que no hayan culpado aún a Sánchez es porque aún no han inventado una excusa lo suficientemente estúpida para que la cloaca derechil se la crea... y eso que no necesitan mucho... aún siguen repitiendo que los abuelos de las residencias eran responsabilidad de Iglesias llevando AÑOS admitido que era responsabilidad de la comunidad de Madrid...
CaixaBank LADRONES
Insisten en llevarse el dinero a los toros y permitiendo construir a 200 metros de la playa, están preparando la siguiente masacre
“Por favor, que esta vez solo se dediquen a robarnos”.
Habrá que tirar de humor negro ¿cuantos burros valencianos la han votado?.
Von der Leyen es el enemigo, y lo tenemos dentro.
Lo primero sería echar a esa gentuza de competiciones europeas. Que jueguen con sus vecinos y que les den por donde amargan los pepinos.
1. Requisitos Constitucionales
La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 155 un procedimiento específico para intervenir en una comunidad autónoma. Según este artículo, si una comunidad autónoma actúa de forma que contraviene gravemente el interés general o no cumple con sus obligaciones constitucionales, el Gobierno central puede intervenir.
La aplicación del artículo 155 requiere la aprobación del Senado, no es una decisión unilateral del presidente del Gobierno. Una vez aprobado, se pueden tomar medidas que pueden incluir la intervención en la administración autonómica, pero no necesariamente implican el uso del ejército.
Para desplegar al ejército en una comunidad autónoma, sería necesario justificar que se trata de una amenaza extraordinaria que no puede abordarse con los cuerpos de seguridad ordinarios (Policía Nacional, Guardia Civil), algo sumamente raro en… » ver todo el comentario