#58 Ya te lo he explicado, si quieres entenderlo perfecto, si no es cosa tuya, así que puesto que no puedo hacer más por ti te mando al cajón del ignore, por pesadete, ale suerte
#55 Claro que impacta, pero si te lees la ley el no uso de violencia no establece la orquilla de penas, ahora mismo sin usar violencia, si se consideran otro tipo de agravantes te puedes comer una pena de bastante más de tres años o multa, cosa que antes no era posible.
Que si, que yo no me he leído la ley ni tengo ni puta idea, pero que ya te he explicado en que cambia la cosa, ahora ya, con lo que has aprendido hoy tú decides que haces.
#41 Es simple, el uso de la violencia no determina la orquilla de la pena, es decir, si no hay violencia pero tampoco consentimiento te puedes comer la pena más gorda de la orquilla si se consideran otros agravantes, cosa que antes no podía pasar. Ojo, viceversa también.
#48 "el consentimiento no se toca" = "Quiere decir, claramente, que quiere que cualquier relación no consentida sea considerada agresión con independencia de si existe violencia y/o intimidación."
A ver si tú tienes una respuesta para esto porque yo me he quedado sin palabras ante la manera de razonar.
Realmente no se que decir
Necesito ayuda
#47 No quiero que te lo tomes como falta de respeto pero de verdad que me cuesta creer que me lo estás diciendo en serio.
Si es en serio lo dejamos aquí y no pasa nada. No estamos de acuerdo y ya está. Cada uno por su lado.
#43 Pero a ver, que la premisa es falsa, que nadie ha afirmado que en 2022 se haya creado el concepto de consentimiento, las intenciones sibilinas del tuit son más que evidentes y la conclusión no puede ser más falaz.
Si nos ponemos exquisitos, el consentimiento ya se planteaba en sociedades matrifocales, así que también, por hache o por be, miente.
#54 si, si. También dicen esto otro:
" los autos y sentencias que han dictado las audiencias provinciales son recurribles ante el TSJ autonómico”, mientras que las rebajas dictadas por la Sala Civil y Penal del TSJ “son recurribles ante el Supremo”.
#14"Entienden los jueces que esa condena es compatible con el nuevo Código Penal"
Creo que es sencillo de entender, dicen que entienden, es decir, bajo su criterio. Y no lo digo por defender la ley, que ha sido un desastre, pero al final los jueces tienen la última palabra.
#19 lo dices cómo si los jueces no tuviesen un rango de años de condena aplicable, y claro, si no mantienen los años que ya tenían con la ley antigua...
""en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo CP". Es decir, que si alguien estaba cumpliendo una pena de cárcel cuya pena se encontrara dentro de los límites del nuevo CP, la seguiría cumpliendo aunque de acuerdo con la nueva ley correspondiera una pena inferior."
#27 ¿Porcentaje respecto a solicitadas? Eso me parece bastante irrelevante. El caso es que se dijo que no iba a haber revisiones a la baja y mira, ahí las tienes por cientos.
Seguro que a las víctimas le parece maravilloso que sean sólo un 10%.
#21 No, si ya hace tiempo que no pido imposibles, me basta con señalarlo.