#21 Se firman certificaciones sin finalizar porqué las subvenciones siempre tienen una fecha limite de ejecución. Si la certificación está firmada después de esta fecha te quedas sin subvención, es lo único que sacan en limpio; eso sí, se firma la certificación igual que el presupuesto de licitación, luego si hay más volumen de obra por temas que no se han podido prever o menos porqué hay partidas que se han eliminado es un percal. En todos los casos yo creo que perjudica a la empresa constructora, porqué no es de su incumbencia, le da igual de donde venga el dinero pero le interesa quedar bien con el ayuntamiento, y en caso de que haya inspección se las carga igual; eso sin contar si cuesta más dinero que lo certificado o menos.
Hay casos y casos y yo solo los entiendo cuando la obra esta a poco tiempo de su finalización y cuando la subvención es una gran dependencia; vease pueblos con poco capital o subvenciones de gran tanto por ciento en obras caras.
En pocos casos es una intención de perjudicar o estafar yo creo, siempre y cuando la obra esté empezada y finalizando, sino no se entiende. Y, porsupuesto, siempre y cuando la obra sea de precio igual a la certificación o superior, porqué si se certifica menos se cobraría menos subvención, pero ese es otro tema.
#32 Pues en mi opinión, es mejor la réplica y dúplica del Ministro de Industria. Por muy mal que caiga a la gente y al margen de fobias y filias, creo que en esto tiene razón y lo argumenta mejor.
Curiosamente dice la verdad en cuando a potencia instalada, que es lo que cito en #27.
Para que cada uno pueda juzgar por sí mismo, el pdf de la declaración de Herrera y respuesta del Ministro (a partir de la página 27):
Sebastián: "En lo relativo a las energías renovables, nada de villanos. El peso de las energías renovables en el mix energético ha ido aumentando y va a seguir aumentando, y es voluntad de este Gobierno hacer esa apuesta por las energías renovables, que ya han supuesto en el año 2009 el 25 por ciento de la generación eléctrica y el 12,3 por ciento del total de energía final consumida en España. En la última legislatura del PP se instalaron en media anual 1.300 megavatios de potencia renovable; en la anterior legislatura —la primera del Gobierno socialista— 2004-2008, 2.586 megavatios anuales, y en lo que llevamos de legislatura se están instalando 3.300 megavatios anuales. Dónde está el carácter de villanos de las energías renovables si estamos redoblando nuestra apuesta por ellas, y eso que lo hemos hecho cuando la demanda, que había subido cerca de un 5 por ciento anual en las legislaturas anteriores, está cayendo ahora un promedio —se espera— del 0,4 por ciento. Aun así, seguimos apostando por las energías renovables, pero lo queremos hacer con una remuneración razonable y también con una limitación de horas. Me gustaría saber la opinión de SS.SS., si les parece razonable que no haya limitación de horas y que cuanto más viento haga reciban más remuneración y que cuanto más sol haga suba el recibo de la luz para los españoles. Nosotros no lo consideramos razonable. Por eso, queremos hacer una limitación de horas con la remuneración, con las
#27 el problema es que las limitaciones de horas estan hechas con respecto a unos casos tipo que son totalmente irreales. En el plan de energias renovables 2005-2010 se planteaban unos casos tipo para las energias renovables, en ella se daban un numero de horas a partir de las cuales las instalaciones eran teoricamente rentales con las primas actuales. Actualmente el gobierno quiere usar esas cifras para limitar el numero de horas con prima. No obstante esas cifras son un caso tipo, que no se aplica a todas las instalaciones, es mas, probablemente la mayoria de las instalaciones solares tengan costes superiores a los esperados por los casos tipo y por ello la mayoria dejan de ser rentables.
Lo que va a ocurrir es que los bancos se van a quedar con la mayoria de las instalaciones solares, y nadie va a querer comprarlas, por lo que los bancos se van a quedar con un agujero de varios miles de millones de euros. Lo cual tampoco seria tan grave si no fuese porque ese agujero lo que va a hacer es meterle el miedo en el cuerpo a todos los bancos, lo cual causara que sea mas dificil obtener un credito de proyecto para las energias renovables, probablemente sera imposible obtener creditos de proyecto para fotovoltaica y en el resto de energias renovables es muy posible que a partir de ahora pidan mas fondos propios, por lo que se dificulta aun mas la entrada de pymes y particulares en las energias renovables.
En la eolica no ocurre gran cosa porque los recortes son simbolicos, la mayoria de los parques no llegan a las 2350h que plantea el gobierno para la eolica, no obstante, los que llegan tampoco tienen grandes problemas salvo que el año sea extraordinario y la media del sector supere las 2350h(cosa que no ha ocurrido nunca). No obstante, si se llegase ese año podria darse el caso de que algunas empresas tengan perdidas ese año. No obstante como he dicho esto es algo extraordinario y que probablemente no se de nunca.
Por ello todo este decretazo esta pensado para acabar con la fotovoltaica, es un plan urdido por el gobierno para enmendar un error cometido a la hora de plantear las primas a la solar fotovoltaica hace unos años.
Y no solo eso, los 1000 millones que quieren ahorrarse se los podrian ahorrar haciendo cumplir la ley e investigando todos aquellas instalciones que en realidad cuando acabo el plazo no estaban terminadas aun teniendo una puesta en servicio firmada ilegalmente por las comunidades autonomas. No obstante esto significaria encarcelar a decenas de personas de la administracion, a decenas de politicos y decenas de empresarios... y el gobierno no tiene huevos para hacerlo.
#93 ¿En serio no eres abogado ...o algo parecido ?
Esta claro que las administraciones pueden legislar, siempre siguiendo unos parametros...el tam es que las ordenanzas municipales no son leyes (por lo que he leído) son un reglamento o conjunto de normas en pos de la convivencia y demás parafernalia...y por eso mismo no podían tocar derechos fundamentales ni ir en contra de las leyes superiores... o algo asi
Creo recordar de otra conversación, que solo los jueces podían presentar esos recursos...pero denunciar la norma creo que si...luego solo hay que esperar 10 años a que llegue a puerto
#90 No sé yo si funcionaría. Lo primero sería ir de buen rollo y ver si puedes irte sin la multa haciéndote el sueco: "Vaya, no sabía que no se pudiese beber en la calle. ¿Cuándo lo prohibieron aquí?".
Si el tío ya viene de malas a multarte irreversiblemente, probaría el discurso a ver si funciona
Lo triste es que si te multan y llevas al Ayuntamiento a un Contencioso-Administrativo alegando que no molestabas a nadie ni por ruido ni por contaminación, será la palabra del poli contra la tuya. Eso si, como topes con un juez "enrollado" y haga una cuestión de inconstitucionalidad basándose en esos argumentos, habría que ver lo que dice el Constitucional.
Faltan héroes en este país. Gracias a uno podemos hoy elegir declaración individual aunque estemos casados. Se llegó a prohibir declaración individual de IRPF para casados y un héroe siguió este curso y el Constitucional tumbó esa reforma.
#88 Todo depende de las competencias que tenga esa Administración para legislar y eso lo recoje la Constitución. Si no es competente para hacerlo, las puede tumbar el Constitucional. El problema es que una persona física no puede hacer recursos de inconstitucionalidad, que si no verías como sí iban a tener que trabajar de verdad en el Constitucional
#89 De verdad que dan ganas de meterse en algún contencioso para tumbar esas leyes. Los jóvenes en este país a veces pasan de todo. Basta que hagan una asociación y se dediquen a presentar contenciosos a esas multas, para que el Constitucional al menos tenga que mojarse. Y eso huele a inconstitucional que da gusto.
#91 Cuando sea mayor me voy a dedicar a tumbar leyes de esas El problema es la pasta, tienes que dejarte multar y llevar al Ayuntamiento a un contencioso-administrativo. Para eso hace falta dinero.
PD: Me están entrando ganas de enviar #86 al Defensor del Pueblo, porque él sí puede presentar recurso de inconstitucionalidad. A ver qué dice...
#71 Ay, perdona, mezclé la ordenanza de la convivencia de Granada con la que hicieron contra el botellón en Roquetas.
En ella se prohíbe comer o beber cualquier cosa en según qué zonas (alrededor de los pubs hay vallas anunciando) si estás manteniendo relaciones sociales en base a ello.
#80 Nada ... si el tocho ha sido útil, mas o menos me ha quedado claro el tema de la normativa respecto a ruido...es decir si el estado tienen unos limites la ordenanza no puede poner unos limites menos restrictivos (aunque recuerdo el caso de Madrid y la ley del tabaco ) , pero segun veo estamos hablando de leyes ya Hechas.
Lo que sigo sin ver claro es el tema que apuntaba en C&P "NO, son un reglamento, por lo tanto no pueden regular derechos fundamentales. Deben respetar además la jerarquía normativa y por lo tanto no pueden ir en contra de la Constitución ni de otras leyes."
Porque aqui ponen a la ordenanza como simple reglamento y eso supongo que para abogados y demar legalistas, sera bastante importante o esclarecedor. Es como las famosas ordenanzas contra el nudismo o fumar en las playas de algunos ayuntamientos... si el estado no ha legislado sobre ello,o sea a todas luces es legal, ¿como puede una ordenanza prohibirlo y seguir siendo legal? No creo que solo por el hecho de ser mas restrictiva cumpla con la legalidad, porque no esta al mismo rango que una ley.
Por eso sigo dudando de ciertas ordenanzas municipales respecto a las leyes estatales...pero vamos que para esto casi que necesitamos un abogado
#76 Ese es uno de los motivos por el que critico la Ordenanza en #65, porque es demasiado intrusiva y no sé hasta qué punto es lícito legislar hasta ese extremo.
En el caso que citas de la música me sorprende tanto como a ti porque no es necesario siquiera citarlo (ahora explico por qué). La contaminación acústica está regulada tanto por normativa estatal como autonómica. En esta página viene un listado exhaustivo de normativa:
Para el caso de Galicia (que es donde vivo), autonómicamente se fija un nivel máximo de emisión de ruido en Decibelios. Los edificios deben estar lo suficientemente aislados acústicamente para que en el exterior y en locales adyacentes (viviendas u otros locales) no se supere un nivel máximo de ruido. Hasta los equipos de música en locales de ocio llevan un limitador para que no superen un determinado nivel de emisión de ruido.
En definitiva, las construcciones deben garantizar un mínimo aislamiento y, por otra parte, el usuario no puede rebasar un límite de emisión tanto interior (entre viviendas) como exterior (en la calle).
El tema es que esta Ordenanza de Valencia referente a las playas no fija un nivel de emisión máxima en la playa, remitiéndose a la Ordenanza de Ruido. ¿Para qué lo cita entonces? Si se supera ese nivel máximo ya es de aplicación la otra ordenanza. Eso de deberán ser usados de forma que no produzcan molestias a las personas próximas es una obviedad en cuanto al límite de emisión sonora ya regulado, pero tal como se redacta parece que da a entender un "cuidadín con lo que haces con el tocata, que te puedo multar si al de al lado le resulta molesto". Es una bobada su redacción, el límite está cuantificado por otra normativa y punto. Esos juicios de valor de lo que es molesto a alguien sobran porque ya está cuantificado en otra norma.
#75 Mis disculpas, pero en las playas de Valencia existen unas "zonas de juego" delimitadas donde pueden se puede y se debe jugar, con los típicos castillos de cuerdas o las redes para voley-playa. A eso es lo que se refiere lo que has escrito en #65. En los demás sitios está permitido jugar, guardando distancias de seguridad, es decir, si te pones a jugar a las palas, cuida de no estar dándole pelotazos a cualquiera que desee tomar el Sol o haciendo un castillo.
Creo que el problema es que si comienzas con que no entiendes a qué se refiere con "cocinar", el resto del articulado te resultará muy complicado de comprender.
#65 Como simple curiosidad y porque nunca me ha quedado muy claro
C&P "Artículo 58. Contaminación acústica.
Los aparatos de radios, casetes, discos compactos o similares, instrumentos musicales o cualquier otro artefacto productor de ruido, deberán ser usados de forma que no produzcan molestias a las personas próximas, recomendándose el uso de auriculares."
es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20091016044215AARK5zA
C&P "NO, son un reglamento, por lo tanto no pueden regular derechos fundamentales. Deben respetar además la jerarquía normativa y por lo tanto no pueden ir en contra de la Constitución ni de otras leyes."
Aqui tenemos dos partes... supuestamente, una ordenanza municipal no puede ir en contra de una ley superior... en el caso que comentas contra la ley que regula el ruido... y creo recordar que dentro de un limite de decibelios y de una franja horaria concreta, puedes tener la música relativamente alta, que la ley estatal no te va a multar. Entonces ... ¿no estaría la norma municipal en contra de la estatal?
Es que este es un tema que puede dar mucho jugo y por mas que busco, no encuentro algo en concreto que me asegure que ciertas ordenanzas municipales contravienen las leyes estatales y por tanto son inoperantes.
#68 No lo suelo pedir nunca pero me muero de curiosidad:
¿Me puedes decir por qué votas negativo mi comentario #65? Aporto no sólo lo que dices tú, sino más información que viene en la propia ordenanza y que pasas por alto.
Y por cierto, no está prohibido jugar sólo en el paseo peatonal. Lee el artículo 51 que cito en el comentario que has votado negativo o en el enlace.
La ordenanza es bastante restrictiva. Me sorprende que se pueda llegar a ese nivel de detalle para prohibir cosas. Supongo que el afán recaudatorio ayuda, sea del partido político que sea.
#58 Pásate por Granada y podrás hacer un viaje al futuro.
Bajo el pretexto de acabar con la prostitución en la calle, han prohibido comer, beber, ¡correr! en la calle, e incluso hacer malabarismos (aunque no estés "ganándote" la vida con ello.
Pero lo más triste es que la gente está conforme con la ordenanza. Las putas ya se han ido de la Carretera de Jaén. Qué triste.
#66 Te voto positivo por el aporte legislativo. Se demuestra, tal como insinúo sarcásticamente en #77 que la gente no lee el BOE (sobre todo el bloguero).
No siempre es cuestión de leer. "El desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento" y, por tanto, se podría afirmar demagógicamente que todos deberíamos leernos toda la legislación existente. Evidentemente eso no lo hace nadie porque la cantidad de legislación en vigor a leer es sencillamente descomunal.
Las leyes en general, y las de protección al consumidor en particular, están para algo. Si no existiesen esto sería la jungla. Eso sin contar que todos tendríamos que leernos todo lo que firmamos.
Que se tenga que legislar sobre esto y que se llegue al extremo de tener que reclamar es una vergüenza. Implica que la empresa cree que pierde menos dinero con su imagen dañada que con el importe de los portátiles a devolver. Luego hablan de RSC y tonterías de ese estilo. Podrían empezar por cumplir con su palabra. Mirando en su propia página web se puede ver esta perla:
Para Toshiba la Responsabilidad Social Corporativa no es una moda ni una nueva y agresiva campaña de marketing. Desde sus comienzos, Toshiba siempre ha estado muy pendiente de la parte social para contribuir en la medida de lo posible a una sociedad mejor y al cuidado del medio ambiente. En el Libro Verde de la Comisión de las Comunidades Europeas (2001), se afirma que ser socialmente responsable no significa sólo cumplir plenamente con las obligaciones jurídicas, sino también ir más allá de este compromiso, invirtiendo más en capital humano y entorno, tal y como lleva haciendo Toshiba muchos años.
Toshiba vela por los intereses de CLIENTES, proveedores y empleados para que todos formemos una auténtica familia y confluyamos en unos mismos objetivos comunes que fomenten el desarrollo de las personas y ayuden a crear un buen ambiente laboral.
Así que no sólo es cumplir con las obligaciones jurídicas, es decir, cumplir el CONTRATO FIRMADO implícitamente con los clientes con esa publicidad, sino que quieren ir más allá... ¿Más allá es escudarse en la no suscripción a su web para incumplir con su palabra? ¿Más allá es invertir en el entorno, creando una imagen lamentable de marca y de falta de compromiso? ACOJONANTE.
Me encanta el comentario #72. A ver cuántos marcan la casilla "He leído y acepto las condiciones de uso y privacidad" cada vez que instalan un programa informático o se dan de alta como usuario en páginas web, foros...
¿Cuántos se han leído aquí la Nettiqueta? ¿Y las condiciones legales y de uso al pie de esta página?
Deberíamos ser un poco más empáticos y humildes. Estoy con #34, hay comentarios que no me gustan nada de nada. Sigamos escupiendo al aire...
#147 Estoy de acuerdo con tus argumentos aunque pienso que en casos de amenazas de muerte si se puede hacer mas. Quizas en casos recurrentes se podría dotar de protección temporal o como mínimo se podría aumentar los recursos para viviendas de acogida protegidas que es una solución temporal mas económica y viable para el estado y que al menos ofrece algo de protección a las amenazadas.
Que no tienes ni puta idea de lo que hablas, y si vieras mi historial de comentarios y de notas verias que ni soy prepotente ni voy de listo. Pero si me jode que gente que no tiene (recalco) ni puta idea de un tema lleve a engaño a otras personas.
En mi comentario no hay ni un dato falso, tu te limitas a darme clases de "argumentacion" pues bien, te doy la razón en eso, pero como te habrás dado cuenta, no soy de letras. Solo defiendo lo que realmente se, y eso es que esta no-noticia a es sensacionalista y errónea.
4º No se si has trabajado en una empresa con MILLONES de clientes (dudo que hayas trabajado en administración o hayas visto en tu vida un simple programa de contabilidad) pero no es algo sencillo cambiar. Yo trabajo en una empresa mediana-grande y "tan solo" tenemos unos 300 clientes y 2500 proveedores, y te puedo asegurar que no ha sido fácil crear y configurar toda la facturacion para que no hubiera errores contables con imputaciones de iva. Cambiar toda la extructura de facturación para nada, en millones de clientes, simplementes es absurdo, no debería ni tener que explicartelo.
5ª Comparar telefónica con el taller de coches de tu barrio, simplemente es
Y lo mejor para el final
En definitiva, votad lo que queráis en la noticia pero yo la considero INFORMATIVA
En el titulo dice "las compañias telefónicas" y en la no-noticia solo hace referencia a movistar, solo con eso ya es sensacionalista. Para todo lo demás podeis ver mi anterior comentario y este.
Y un consejo #22 cuando no sepas muy bien de algun tema, informate antes de decir tonterias porque quedas en el mayor de los ridículos.
#22 Te iré contestando punto por punto lo mas escuaetamente posible, pero mi comentario era resumen, podemos discutir sobre la ley de iva y sus miles de articulos pero vamos a resumir:
1º No estamos hablando del impacto global en el consumo o en cuenta de resultados de la modificación de la ley de IVA. Estamos hablando del impacto directo del IVA como tal, no como condicional.
2º El inpacto en las cuentas es, efectivamente, NEUTRO otra cosa es que como bien dices tienes ese dinero ( el del IVA) como mucho 30 dias, puesto que las grandes empresas (facturación por encima de 6 millones de euros) liquida el impuesto cada 30 dias, en vez de cada 90 como las empresas con menor facturación. Y ya que dices de los intereses te contaré un ejemplo negativo de ese hecho. Una empresa emite una factura por 10.000 € + 18 % de iva con un vencimiento a 90 dias. Esa empresa cobrará el IVA 90 dias mas tarde, pero lo pagará a hacienda tan solo 30 dias después de haber emitido la factura. Si esa empresa no cobra despues la factura por impago, hacienda no le devolvera ese iva salvo que cumpla unas condiciones muy especiales.
4º No se si has trabajado en una empresa con *MILLONES
"Esta huelga sólo busca que no se toque el salario de los trabajadores de Metro" ... ¿quieres decir que luchar por no perder poder adquisitivo con todo lo que está pasando no está sobradamente justificado? porque parece que estás diciendo que su argumento no tiene validez para hacer una huelga, aunque a lo mejor soy yo que he entendido mal......
#122
Lo que es una barbaridad es que los servicios minimos los imponga el empresario. A los que estais en contra de esta huelga os pedidiría que imaginaseis por un momento que vuestro jefe (si lo tienes) os cambia de un dia para otro las condiciones del contrato y cuando le comentais que vais a hacer una huelga para protestar os indica que los servicios minimos son 4 o 5 horas al dia de trabajo, y que si no lo haceis así estareis comentiendo un acto ilegal ¿que pensariais de esto?
Me parece lamentable que se caiga en ataques personales para defender unas ideas. En mi comentario #215 critico el uso perverso de la palabra solidaridad para conseguir unos fines claramente egoístas e individuales.
¿Qué pretenden los huelguistas? Proteger SU salario.
¿Acaso piden que se mantenga el salario de los demás funcionarios o de los demás trabajadores? No, sólo reclaman que se mantenga el suyo.
Eso es egoísmo. Así de claro.
#215 ¿Me conoces de algo para juzgarme? No, por tanto no tienes ningún derecho a hacerlo.
¡Qué sabrás tú de mi vida y de si "me los toco a dos manos en casa"! Para morro el tuyo, que juzgas sin conocer a la gente. En estos 7 años que llevo trabajando siempre cumplo con mis deberes como trabajador. Para vagos redomados los líderes sindicales, que en 7 años nunca han venido ni siquiera una vez a captar afiliados para el sindicato. Sin embargo sí han venido organizaciones empresariales para que se afiliase el empresario a las mismas. Luego se quejan los sindicatos de que se les acusa de vivir de la subvención. ¡Si ni siquiera buscan a gente para que se afilie! ¿Por qué no vienen liberados sindicales a captar afiliados? Vergonzoso.
Dicho esto, no tenemos que defender ni mis compañeros ni yo derechos pues no los hemos perdido. Todos cobramos por encima del convenio un sueldo variable ligado a los beneficios/productividad de la empresa. Como ahora hay crisis y las cosas no van bien, cobramos menos.
Incluso aunque se diese el caso de tener que cobrar menos que lo que ponga el convenio, lo aceptaría si de ello depende la supervivencia de la empresa. Ya vendrán tiempos mejores y ya recuperaremos el poder adquisitivo. Es lo que tiene trabajar en una empresa donde el empresario no es un crápula y quiere que la gente… » ver todo el comentario
#215 Si TÚ no defendiste TUS derechos junto a tus COMPAÑEROS, ¿qué pretendes, que lo hagan otros trabajadores? Para despertar solidaridad en los demás tienes que probar a tener la iniciativa.
Haber hecho huelga y esperado algo de solidaridad. Sin hacer nada y tocándotelos a dos manos en casita, desde luego que nadie se va a manifestar por ti.
Tendrás morro...
#222 Nada funciona sin trabajadores. Alguien tiene que encender antes el sistema, alguien tiene que controlarlo, alguien tiene que mantenerlo. Sin trabajadores, nada funciona.
#215 ¿Fuiste tú el que hizo huelga y se negó a cumplir los servicios mínimos a riesgo de perder el empleo?. ¿Es tu empleo el que está en riesgo?. Si ellos mejoran su situación corriendo los riesgos que estan corriendo ¿Eso te perjudica a tí, trabajador de pyme? ¿Es comparable el vandalismo con el incumplimiento de unos servicios mínimos?
Si las tres respuestas son NO, háztelo mirar, apoyándolos no tenemos nada que perder, e igual ganamos algo.
Hay casos y casos y yo solo los entiendo cuando la obra esta a poco tiempo de su finalización y cuando la subvención es una gran dependencia; vease pueblos con poco capital o subvenciones de gran tanto por ciento en obras caras.
En pocos casos es una intención de perjudicar o estafar yo creo, siempre y cuando la obra esté empezada y finalizando, sino no se entiende. Y, porsupuesto, siempre y cuando la obra sea de precio igual a la certificación o superior, porqué si se certifica menos se cobraría menos subvención, pero ese es otro tema.