El Tribunal Supremo rechaza que los notarios jubilados formen parte de la junta directiva de sus respectivos colegios porque al tener tal condición se ha extinguido la relación funcionarial y ya no se ejerce la función pública notarial. La sentencia respalda la modificación introducida por el Real Decreto 45/2007 de 19 de enero, que limitó la participación del notario honorífico a la asistencia con voz pero sin voto a las juntas generales.
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