El Ministerio de Trabajo mueve ficha. Después de que el Tribunal Constitucional declarase ayer inconstitucional, nulo y discriminatorio para las mujeres el método de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial. El Pleno del tribunal de garantías acordó ayer por unanimidad estimar la cuestión interna planteada por la Sala Segunda de este órgano y tumbó el precepto de la Ley General de la Seguridad Social de 1994 que regula este extremo en la redacción dada en el Real Decreto de 2013
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