El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha modificado su doctrina en relación con el requisito consistente en agotar la vía judicial como paso previo a la interposición de un recurso de amparo. En una sentencia aprobada por unanimidad, el TC limita los casos en los que, para demandar el amparo a este órgano resulta exigible plantear un incidente de nulidad de actuaciones contra la última sentencia recaída en el procedimiento.
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