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El supremo sentencia que las empresas no pueden fisgar en los ordenadores de los trabajadores

En un fallo que por primera vez unifica doctrina sobre la materia, el Supremo establece que las empresas no pueden fisgar en los ordenadores de sus trabajadores para ver qué hacen éstos en su jornada laboral y, en consecuencia, ratifica otras sentencias judiciales que habían calificado de despido improcedente aquéllos producidos como consecuencia de inspecciones laborales.

| etiquetas: privacidad laboral , tribunal supremo , espionaje , despido improcedente
212 245 0 K 867 mnm
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