El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una trabajadora de Barcelona que fue despedida de la empresa Clequali a cobrar 60.000 euros en concepto de indemnización por daños morales. El fallo del Supremo estima el recurso de casación presentado por la afectada contra una sentencia previa dictada por la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). La primera de todas las sentencias consideraba el despido nulo y obligaba a la empresa a indemnizar a la trabajadora por daños y prejuicios, incluidos los morales.
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