El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que dar un beso sin consentimiento expreso o tácito es un delito contra la libertad sexual, ya que "el contacto fugaz de un beso no consentido supone una invasión corporal del autor sobre la víctima". Lo ha fijado al confirmar la condena que la Audiencia Provincial de Sevilla impuso a un policía, por besar a una detenida sin consentimiento en los calabozos, a un año y nueve meses de cárcel como responsable de un delito de abuso sexual (ahora considerado agresión sexual)
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