El principio de “libertad de elección de centro”, consagrado en el artículo 24.1 de la Constitución española, es un arma de doble filo. El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación contra de la Confederación Católica de Padres de Alumnos de la Comunidad Valenciana (Concapa-CV), que pedía la extensión del transporte escolar a los centros concertados en el municipio valenciano de Alboraia.
|
etiquetas: tribunal , supremo , falla , concierto , transporte , escolar , valencia