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El Supremo confirma la anulación de varios artículos del Decreto Foral sobre uso del vascuence en la Administración

En concreto, el Supremo ratifica, entre otros, la nulidad del artículo que establece que "las notificaciones dirigidas desde los servicios de la Administración foral con sede en la zona mixta a personas físicas y jurídicas de la zona vascófona se realizarán en castellano, salvo que los interesados soliciten expresamente la utilización del vascuence, en cuyo caso podrán realizarse en forma bilingüe".

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