El pleno de la sala de lo civil adjudica el uso y disfrute del domicilio conyugal en un caso de divorcio a la mujer, a pesar de que sus hijos mayores de edad eligieron vivir con su padre La sala de lo civil considera que el elemento determinante que hay que tener en cuenta a la hora de adjudicar el uso y disfrute del domicilio conyugal no es el de la persona que se quede al cuidado de los hijos, sino el interés del cónyuge "más desfavorecido".
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