El SUP retira una querella contra el Ministro Marlaska por prevaricación

Sevilla. 15/5/2021

Juan González - Tribunales.

Incomprensible y poco serio. Así de contundente es la opinión de diferentes expertos jurídicos consultados, sobre la retirada -por voluntad propia y por escrito- de una querella que el Sindicato Unificado de Policía (SUP) presentó contra el actual titular de Interior, Fernando Grande Marlaska.

Resulta insólito que un ministro tan polémico y cuestionado haya contado con esa "medida de gracia" de parte de un sindicato, cuando precisamente desde otros muchos colectivos, incluso se le estaba llevando a sede judicial para que respondiese por su gestión. Más aún cuando en la fecha en la que se retiró la querella, Marlaska ya había asegurado que la Policía y la Guardia Civil contaban con todo el material y recursos necesarios para hacer frente a la pandemia, extremo que quedó sobradamente acreditado ser falso, tal y como denunciaron sindicatos policiales y asociaciones de la Benemérita a través de los medios de comunicación.

Lo mismo sucedió en esos prolegómenos, cuando su Ministerio se puso de perfil a la hora de exigir que este colectivo fuese declarado personal de máximo riesgo en la lucha contra la pandemia, y su titular evitó cualquier visita que, aunque testimonial, mostrase preocupación o solidaridad por la salud y la situación de los policías que luchan en primera línea contra el Covid-19.

Así consta en el Auto núm. 20146 de la Sección Primera de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo del pasado día 24 de setiembre, firmado por los excelentísimos señores magistrados Manuel Marchena Gómez, Juan Ramón Verdugo Gómez de la Torre y Vicente Magro Servet. Los hechos se remontan a una querella que el SUP presentó en el Registro General del Tribunal Supremo, contra el ministro Marlaska, por un presunto delito de prevaricación.

Dicha querella se habría presentado sin aportar un poder especial de representación, requisito imprescindible para procedimientos considerados como CAUSA ESPECIAL, que son aquellos en los que se encuentra inmersa una persona aforada. El ponente, por providencia, requirió al sindicato policial para que aportase esa documentación, trámite del que al parecer el sindicato se desentendió, no aportando ningún tipo de poder. Al contrario y sorprendentemente, el 1 de julio, el Sindicato Unificado de Policía habría presentado un escrito en ese mismo registro, en el que desistía expresamente en la querella formulada.

Por ello, los 3 magistrados dictan un Auto en cuyos Fundamentos de Derecho, se detalla claramente que se presentó una denuncia contra el ministro por parte del SUP, que esa Sala es competente para su conocimiento de acuerdo con el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero que procede el archivo de la “querella” formulada -término entrecomillado en su redacción- que según el criterio de expertos, se interpreta como un duro reproche al sindicato por parte del ponente.

No resulta coherente, explican, que se presente una querella de estas características sin ese poder especial, y que una vez iniciado el procedimiento por un caso tan grave como es un delito de prevaricación nada menos que a un ministro, sea retirada. No quedan muchas interpretaciones posibles, aunque a todo apunta, según las opiniones recabadas, a que la organización sindical habría hecho un brindis al sol, o que la intencionalidad de la misma no habría sido otra que la publicitaria. Las mismas fuentes apuntan que el entrecomillado presente en el auto del Alto Tribunal, no sería sino un evidente mensaje del instructor al querellante, ya que de forma temeraria se habría expuesto a una más que probable e importante condena en costas.