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La subida del salario mínimo no se aplicará en convenios que lo usen para calcular sueldos que lo superen

La subida del salario mínimo no se aplicará en convenios que lo usen para calcular sueldos que lo superen

El Gobierno ha introducido una cláusula en el Real Decreto, que no aparece en las normas que regularon los salarios mínimos de años anteriores, en la que excluye de su aplicación a convenios, contratos y normas que usan el SMI como referencia para sus cálculos, siempre que se alcancen sueldos que cubran ese mínimo. De esta forma, la subida no se aplicará en los convenios vigentes en los que se use el SMI para calcular por encima de él el salario base o los complementos.

| etiquetas: salario mínimo , convenios colectivos , smi , sueldos

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