El texto legislativo en cuestión (ya en vigor) es la Orden PRE/2356/2010, de 3 de septiembre, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, cuyo único objeto es modificar los criterios de capacidad visual de los conductores profesionales, incluidos los de mercancías peligrosas y los de los autobuses escolares. Cualquiera podría pensar que estas modificaciones legislativas avanzan en el camino de endurecer los criterios, pues no.
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