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El Rey y el Príncipe Felipe, exentos de declarar

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece, en el capítulo dedicado a las declaraciones de los testigos, que de la obligación general de concurrir al llamamiento judicial solo están exentos "el rey, la reina, sus respectivos consortes, el príncipe heredero y los regentes del Reino", por lo que la excepción no afecta a Urdangarin. El artículo 412 de la LECrim dice, además, que "estarán exentas también de concurrir al llamamiento del juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real".

| etiquetas: rey , príncipe felipe , exentos , declaración
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