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¿Quo vadis, Doctrina Parot?

El problema es que se ha aplicado a reos que ya habían obtenido la refundición de condenas antes de 2006, como la etarra Inés del Río, volviendo a hacer el cálculo de nuevo. Esto sí que parece una aplicación retroactiva en toda regla, y por ello el Tribunal Europeo de DDHH le dio un tirón de orejas a España(..) me parece exagerado decir que todos los afectados por la doctrina Parot se vayan a beneficiar de ello, pues el recurso parece centrado en la aplicación de la susodicha tesis a penados a los que ya se les habia practicado una refundición

| etiquetas: doctrina parot , audiencia nacional , tribunal europeo de ddhh

menéame