¿Quién es propietario de un mensaje, el remitente o el destinatario?

Con esta de la protección de datos se encuentra uno con situaciones que empiezan a desafiar la lógica.

Un tío me manda un mensaje y me dice que puede contener información confidencial que no puede ser transmitida a terceros, y yo me tengo que conformar. Se supone.

Y sin embargo, sigo convencido de que los mensajes son propiedad de su destinatario, y que si yo quiero publicar mis memorias, por ejemplo, puedo incluir en ellas las cartas que he recibido, pero no la copia de las cartas que he enviado a otras personas.

No creo que sea normal que alguien te pida, legalmente, que guardes secreto sobre sus cartas. Te lo puede pedir por cortesía o educación, peor no legalmente, sobre todo si el mensaje o carta no ha sido solicitado.

En el caso de los presupuestos ya lo veo más problemático. No estoy seguro de que una empresa pueda impedir que comparta con terceros un presupuesto que he solicitado. Pero en las comunicaciones personales, que el emisor pretenda mantener derechos sobre la carta me parece aberrante.

¿Algún entendido en la sala? (@livingstone85 ? @pasapollo ? )

¿cómo lo veis?