Las condiciones de acceso al Fondo de Liquidez Autonómico fijan taxativamente que las comunidades que se acojan a la ayuda del Estado deben satisfacer primero los intereses de la deuda. Después, deben atender las deudas con Hacienda, las facturas pendientes y, en último lugar, las subvenciones a las universidades y ayuntamientos. El Estado, a su vez, podrá garantizarse el cobro quedándose a cuenta con los recursos de las siguientes partidas del sistema de financiación autonómico.
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