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Politización judicial y condenas de la ONU: no nos conviene que España sea una monarquía bananera

La mayoría de la gente no sabe cómo se nombra a los magistrados del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. Los del Tribunal Constitucional son directamente nombrados por el Gobierno (2 magistrados), el Congreso de los Diputados (4 magistrados nombrados por mayoría de tres quintos de los diputados), el Senado (4 magistrados nombrados por idéntica mayoría) y el Consejo General del Poder Judicial (2 magistrados).

Respecto a los magistrados del Tribunal Supremo, todos son nombrados por el Consejo General del Poder Judicial, que es el órgano de gobierno de los jueces con potestad para nombrar a los altos cargos judiciales y decidir sobre promoción, régimen disciplinario y traslados de todos los jueces españoles. El problema es que todos los miembros de este Consejo son nombrados por el Congreso de los Diputados y el Senado. Por tanto, su politización es total. Si a ello le sumamos que no hay un baremo objetivo y riguroso para determinar qué jueces poseen mayores méritos a la hora de integrarse en el Tribunal Supremo, nos encontramos con que el Consejo General del Poder Judicial tiene amplísima libertad para nombrar a los magistrados políticamente más convenientes.

El Consejo de Europa lleva más de una década pidiéndonos que despoliticemos la Justicia y que los altos magistrados no sean designados (directa o indirectamente) por el poder político. Igualmente nos pide que se establezca un baremo objetivo para decidir quién entra en el Tribunal Supremo conforme a los principios de mérito y capacidad, y que el Fiscal General del Estado sea nombrado por expertos juristas o por los propios fiscales, pero no por el Gobierno (nótese que la fiscalía es como el ejército, y su cabeza es ese Fiscal General, con potestad para dar instrucciones vinculantes a cualquier fiscal español). Pero los sucesivos gobiernos no han hecho ni caso.

En este sentido, podéis consultar uno de los múltiples informes que el GRECO (Grupo de Países Europeos contra la Corrupción) ha elaborado al respecto, y que el Consejo de Europa emplea para sacarnos los colores rm.coe.int/16806ca049

Pues bien, éstos son los altos magistrados que deciden sobre si la reforma laboral es constitucional o las leyes de recortes aprobadas por el Parlamento atentan contra la Constitución. En definitiva, son los supremos intérpretes de nuestros derechos cuando el poder político que, de forma directa o indirecta, les ha nombrado, abusa de ellos.

En este contexto, hoy la ONU ha puesto en evidencia a España por no permitir a Jordi Sánchez salir un día de prisión para ser investido www.europapress.es/catalunya/noticia-comite-onu-insta-espana-garantiza Para cualquier jurista, es demencial que se den permisos para acudir a la boda de tu hija pero no para que un ciudadano votado por cientos de miles de catalanes pueda hacer valer sus derechos políticos y someterse a la confianza del Parlamento. Igualmente obsceno es que a etarras con delitos de sangre se les permitiera en su día presentarse a lehendakari y salir de la cárcel para ello, y a una persona pacífica no www.vozpopuli.com/politica/precedente-Yoldi-Puigdemont-investidura-par

Igualmente, hoy el juez Llarena (del Tribunal Supremo) ha encarcelado a las mismas personas a las que dejó en libertad provisional semanas atrás, y ello sin que se haya dado ni una sola variación fáctica desde entonces. Nada ha cambiado...salvo que Turull ha osado presentarse a president, y los otros se han atrevido a votarle. En los autos de Llarena es muy difícil no interpretar que percibe como delito el ser independentista y seguir participando en política. Aquí puede verse el auto de prisión www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL SUPREMO/DOCUMENTOS DE INTERÉS/AUT

Especialmente abracadabrante es el párrafo donde intenta justificar el riesgo de reiteración delictiva para mantenerles en prisión. Dice que:

La actuación de los últimos meses no permite obtener la convicción de que se haya abandonado la intención de algunos partícipes de retornar al anormal funcionamiento de las instituciones y, no conjurándose ese riesgo, tampoco se desvanece la posibilidad de prestar una colaboración desde distintos ámbitos del parlamentario, tal y como ya ha acontecido incluso respecto de una de las procesadas, habida cuenta Carme Forcadell inició la ejecución de estos hechos como presidenta de la entidad soberanista ANC, y continuó como presidenta del Parlamento de Cataluña después.

Es decir, el juez sustituye la presunción de inocencia por la de culpabilidad y, de este modo, impone a los imputados la carga de la prueba de que no van a volver a delinquir, considerando que el hecho de que no hayan delinquido durante estos meses no basta para conjurar la sospecha. Absolutamente surrealista.

Pero lo más kafkiano de todo es la obsesión del magistrado de mantener la imputación de rebelión. Como es sabido, para que ésta exista se precisa un alzamiento violento, y en Derecho Penal la violencia implica, necesariamente, agresión física a las personas. El magistrado hace gala de su imaginación diciendo que había una violencia implícita en la concentración de la Consejería de Economía y, aunque no se agrediera a nadie, la violencia se palpaba en el ambiente (reitero que cualquier estudiante de Primero de Derecho sabe que violencia e intimidación son conceptos diferentes, y el Código Penal exige violencia en este caso). Pero más inconcebible si cabe es que, para imputar a los miembros del Govern, el magistrado dice que, aun no habiendo pruebas de que ellos espoleasen a las masas, su conducta de desacato al Estado les incitó a envalentonarse y salir a las calles.

En suma, una rebelión sin un sólo herido y cuyos cabecillas no dieron órdenes ni encabezaron las protestas, sino que simplemente inspiraron con su conducta desobediente a los manifestantes (según esto, cualquier pacifista que llame a la desobediencia civil no violenta será culpable de los actos violentos que organizaciones ajenas a su movimiento protagonicen). Pero ¿Por qué esa obcecación en mantener la imputación por rebelión?

Ésta podría ser la respuesta: el Código Penal sólo permite la inhabilitación política sin sentencia firme cuando 1) se te procesa por rebelión y 2) estás en la cárcel por tal causa y el Auto de prisión es firme. Esto significa que en cuanto el Auto de Llarena alcance firmeza, todos los procesados perderán sus derechos políticos, incluidos los derivados de su condición de parlamentarios. Visto lo visto, es muy difícil no pensar que ésta es la verdadera finalidad de Llarena.

Ojalá tengamos la altura de miras precisa para superar el "vivan las caenas" y darnos cuenta de que el grueso de resoluciones judiciales injustas que benefician al Gobierno, las sufrimos los españoles "de pura cepa". Y que sin una Justicia independiente, no nos libraremos de ellas. Luchemos por tener la Justicia que nos merecemos.