El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó este jueves que los pasajeros aéreos que sufran un retraso de tres o más horas tienen derecho a recibir una indemnización de la compañía aérea, a menos que el retraso se deba a circunstancias extraordinarias, no evitables por la aerolínea. La normativa comunitaria preveía en caso de cancelación de un vuelo compensaciones de entre 250 y 600 euros, dependiendo de la distancia del viaje. Ahora, los retrasos injustificados se considerarán del mismo modo.
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