Al analizar la legalidad de la Oferta de Empleo del año 2005, que situaba en criterio de paridad las pruebas de conocimientos con los test psicotécnicos y entrevistas, el Tribunal Supremo asume que el criterio orientador dominante para el acceso al empleo público, y que debe presidir con carácter prevalente de valoración de los procesos selectivos, es que las pruebas han de dirigirse de modo principal y obligado a la comprobación de los conocimientos que posea el aspirante.
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