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Nuevo régimen especial del criterio de caja del IVA (CAT)

Consecuencias que supone acogerse al nuevo criterio de IVA de caja: a) Ingreso del IVA: ingresará a la Agencia Tributaria las cuotas de IVA repercutido sólo de aquellas facturas que se hayan cobrado. b) Deducción del IVA: se deducirá las cuotas de IVA soportado sólo de aquellas facturas que se hayan pagado.

| etiquetas: iva , criterio , caja

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