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No puede identificarse por un delito de injurias al titular de una IP. Sentencia AP de Granada

Es importante, como sucede en este caso, destacar para la defensa de un acusado la importancia de no declarar nada hasta que no se resuelva sobre la legalidad o no de la identificación cuando consta como única prueba la dirección IP. Muchas veces, el juzgado dicta un Auto en el que ordena entregar los datos de identificación y la Policía Judicial procede a la detención de la persona, que en dependencias judiciales o del Juzgado de Instrucción confiesa, cuando la única prueba para localizarle es, precisamente, la IP.

| etiquetas: internet , ip , injurias

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