Moratoria hipotecaria y arrendaticia

Como imagino que sabréis, se han publicado varios Decretos-leyes en los que se establece la posibilidad de solicitar una moratoria hipotecaria y/o arrendaticia. En ambos, casos se requiere una nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad para su obtención. Desde el Colegio de Registradores se ha acordado que estas notas sean gratuitas, hasta el día siguiente a la publicación en el B.O.E. del cese del estado de alarma.

Es por ello que escribo esto: para que sepáis los pasos a seguir, y EVITAR ASÍ QUE OS COBREN por algo que es GRATIS. Os hago esta advertencia porque en los buscadores de internet y dependiendo de las palabras clave que pongáis, os pueden salir resultados (anuncios) que PARECEN ser del Registro de la Propiedad, pero que NO lo son… Desde los Registros de la Propiedad, se está haciendo constar de manera expresa en las notas de índices para las moratorias, que son GRATUITAS, pero de poco le vale al ciudadano que ponga eso, si previamente le han cobrado una determinada cantidad (alrededor de 20€), en páginas que NO SON las del Colegio de Registradores...

La página a la que tenéis que ir es: www.registradores.org. En la portada encontraréis con un apartado titulado: “Notas simples de índices estado de alarma” y un hipervínculo que os llevará a las direcciones de correo electrónico de todos los Registros de la Propiedad. Una vez localizado el Registro donde esté inscrita vuestra vivienda habitual o, en su caso, cualquiera de los Registros de la ciudad donde tengas tu residencia habitual; tendréis que enviar un mail, incorporando necesariamente el D.N.I. escaneado de la persona sobre la que se deba expedir la información o, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar. Además, tenéis que hacer constar el interés que tenéis para que se os dé esa información, para lo que basta que hagáis constar que se solicita para la moratoria hipotecaria o arrendaticia (según vuestro caso).

Se ha editado un díptico con toda la información que puede consultarse aquí: www.registradores.org/documents/33383/229101/Notas_indice_de_Registrad

Es importante que difundáis esta información entre familiares y amigos que puedan necesitar la moratoria, para evitarles pagos innecesarios.

Si tenéis cualquier duda, no dudéis en llamar al Registro de la Propiedad donde esté inscrita vuestra vivienda habitual o, en su caso, a cualquiera de los Registros de la ciudad donde tengas tu residencia habitual (de 9 a 14h), y os aclararán cualquier duda.