El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente está preparando una modificación de la Ley 5/2007 de 3 de abril la Red de Parques Nacionales. Dicha Ley contempla en la actualidad en su Artículo 13 la prohibición de la pesca deportiva y recreativa y la caza deportiva y comercial, así como la tala con fines comerciales. En el caso de existir dichas actividades en el momento de la declaración, las Administraciones competentes adoptarán las medidas precisas para su eliminación, dentro del plazo que a tal efecto establecerá la Ley declarativa.
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