El tribunal explica que de la propia documentación médica que aporta Alba se desprende que, por la fecha en la que fueron emitidos los informes (uno en noviembre y otro en enero), sus dolencias pudieron haber sido comunicadas al tribunal “con la debida antelación, sin esperar al último día del plazo concedido, lo que, a juicio del TSJC, evidencia “un evidente ánimo dilatorio”. Además, remarca que no hay ningún impedimento para que Alba se desplace a la Península por vía marítima.
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