La sentencia aclara que el Código Civil sigue recogiendo "el derecho de corrección de los padres sobre sus hijos menores, como también pervive la obligación de los hijos de obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre". De esta forma, concluye que, en este caso, el acusado podría haber optado por "abstenerse de educar a su hija, permitiéndole hacer lo que le viniese en gana; reprenderla para que se comportara correctamente o llamar al puesto de la Guardia Civil para recabar su benemérito auxilio
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