La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de la que se extrae que el término "zorra" no es un insulto que menoscabe la dignidad de la mujer reabrió ayer el debate sobre las diferentes interpretaciones que hacen los magistrados de la Ley Integral contra la Violencia de Género. En dicha sentencia, los jueces Juan del Olmo, María Jover y Juan Miguel Ruiz rebajaron la pena de un presunto maltratador de un delito a una falta de amenazas, por considerar que no estaba suficientemente acreditada la humillación del hombre hacia su exmujer.
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