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Según el despacho de abogados, la Audiencia Provincial de Barcelona, sección 13, ha decidido ignorar consciente y dolosamente la mencionada sentencia del TJUE al juzgar asuntos relacionados con hipotecas que incluyen la cláusula IRPH. Esta actitud, constituye «un delito de prevaricación, tipificado en el artículo 446 del Código Penal, y subsidiariamente, el contemplado en el artículo 447 del CP, que contempla la forma imprudente de cometer dicho delito,»
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