edición general
363 meneos
1529 clics
Los inquilinos que ganan la batalla contra el alquiler de temporada fraudulento: "Tengo derecho a quedarme en mi casa"

Los inquilinos que ganan la batalla contra el alquiler de temporada fraudulento: "Tengo derecho a quedarme en mi casa"

Clara y José Antonio logran sentencias favorables en Barcelona y en Ibiza que reconocen que sus arrendamientos por temporada deberían ser en realidad contratos de siete años, de acuerdo con la ley

| etiquetas: inquilinos , alquiler , temporada , fraude
Comentarios destacados:                          
#3 Mmm... no tengo yo tan claro que va a suceder si los propietarios apelan la sentencia.

Si firmas un contrato temporal diciendo que eres un estudiante y resulta que lo quieres para una residencia habitual estás mintiendo, no me vale el "es que sino no me lo arrienda" porque es que el propietario es quien tiene derecho a decidir si te lo quiere o no te lo quiere arrendar.

Me parece que la cosa va a llevar a que todos los contratos sean de temporada y que dependa luego de la justícia si pasan a residencial o no.
Mmm... no tengo yo tan claro que va a suceder si los propietarios apelan la sentencia.

Si firmas un contrato temporal diciendo que eres un estudiante y resulta que lo quieres para una residencia habitual estás mintiendo, no me vale el "es que sino no me lo arrienda" porque es que el propietario es quien tiene derecho a decidir si te lo quiere o no te lo quiere arrendar.

Me parece que la cosa va a llevar a que todos los contratos sean de temporada y que dependa luego de la justícia si pasan a residencial o no.
#3 No se la apelación basado en lo del contrato, pero de toda la vida las leyes están por encima de lo que firmes en el contrato.
#15 La realidad que se puede demostrar está por encima del contrato.

Cuando el contrato está redactado de forma confusa, donde las intenciones no estén claras, prevalece la interpretación de las intenciones que se puedan demostrar.

Los actos contrarios a la ley son nulos salvo que la propia ley prevea otra consecuencia, y no impedirán la aplicación de la ley que se trató de burlar.

Y todo esto son principios básicos que llevan mucho tiempo funcionando, y que ahora se ve que algunos descubren.
#15 si firmas un contrato con unas condiciones y resulta que no cumples las condiciones el contrato es nulo.

Y está más que claro que tenían toda la intenciôn de engañar al propietario.

Yo apelaría.
#72 ¿Y si firmas un contrato, y resulta que las condiciones del contrato son ilegales?
#3 El piso que he alquilado, el que tengo además de mi vivenda habitual, lo tengo alquilado como vivienda de temporada porque el inquilino lo quiere como segunda vivienda y no cuadraba hacerlo para vivienda habitual.

El detalle es que aunque prorrogable, la duración máxima es de 11 meses, aunque se pueden ajustar las cláusulas para que se renueve de forma automática al vencer el plazo del contrato.

Yo lo entregue para revisión en el Intituto Galego de vivienda y suelo para revisar y me lo dieron por bueno.

CC #4

¿y no puedes hacer un contrato extinguible a su finalizacion?
#19 Pues que sepas que has firmado un contrato claramente fraudulento. Si ese inquilino comienza o utiliza esa vivienda como su morada habitual, puede hacerte lo mismo que la señora de la que habla la noticia. Y no te salvarían los 11 meses de duración (especialmente si has incluido una cláusula de renovación, en la que me imagino que habrás incluido, a su vez, la subida de la renta teniendo en cuenta la del período anterior, lo cual te dejaría ya completamente vendido).
Ah, y eso de que el…   » ver todo el comentario
#55 A ver, que es el unico contrato que se ajustaba al alquiler de vivienda no habitual.

La cláusula de renovación se incluye porque es un alquiler de larga duración para una vivienda distinta de la habitual.
#56 Lo mejor en esos casos es firmar un nuevo contrato, independiente del anterior, cada vez que quieras "renovar" ese contrato de temporada. Y por supuesto siempre comprobando que el inquilino está realmente de temporada.
#62 Lo está, de todas formas, si se queda 7 años me viene de puta madre, es una persona seria y cumplidora.
#63 Pues entonces no hay ningún problema. El único problema es que de repente pretendieras subirle la renta por encima de lo que legalmente permite la LAU, o pretendieras echarle antes de que transcurran cinco años (siete en el caso de que lo hayas alquilado como persona jurídica), y él adujera que se ha estado prorrogando y probara que es su vivienda habitual. De cualquier forma, no entiendo el motivo por el que no firmó un contrato de arrendamiento de vivienda, ya que el período de duración máxima únicamente vincula al arrendador (el arrendatario puede irse antes de tiempo cumpliendo una serie de requisitos relativos a la notificación y al pago de ciertas cantidades).
#66 Por qué era el modelo que mejor se amolda al alquiler de vivienda distinta de la habitual.
#67 Pero es que la habitualidad en la residencia, igual que en este caso ha jugado en beneficio de la arrendataria, también puede jugar en su contra si el arrendador consigue demostrar que no es su vivienda habitual. En ese caso daría igual que se hubiera firmado un arrendamiento de vivienda. En fin, no quiero meterme en negocios ajenos, supongo que vuestros motivos habréis tenido. Al final en el ámbito del Derecho civil si las dos partes están de acuerdo y contentas no hay problema, diga lo que diga la ley.
#63 Lo digo porque es probablemente lo que haya ocurrido en el caso de esta señora de Barcelona: que al finalizar la "temporada" el arrendador, viendo que podía obtener una renta más alta alquilándola al precio de mercado actual que al que resultaría de aplicarle una subida de un 2% a la renta vigente, y negándose ella a pasar por el aro de la subida pretendida, haya tratado de desahuciarla para ponerla de nuevo en el mercado de alquiler.
#68 No me interesa realmente hacer subidas por encima del límite, me basta con no tener el piso vacío y en manos de alguien cumplidor.
#19 si alguna vez te pasa lo que de la señora, yo miraría de hacer complementarias a las declaraciones de la renta pasadas, porque el alquiler de vivienda habitual creo que está bonificada al 60%. Y cuanta razón tienes, persona seria y cumplidora es lo mejor que le puede pasar a un casero cuando es un buen casero.
#58 El precio es el habitual del barrio e inquilinos que querían el alquiler temporal si que he encontrado, lo que no he encontrado es inquilinos que pudieran justificar la temporalidad del contrato, ha sido más por las fechas, para entrar en septiembre no me hubiera costado encontrar estudiantes, para octubre la verdad es que no tenía muchas esperanzas.

Es por la legislación por lo que no he alquilado, gente que quería alquilar desde octubre hasta el 31 de julio si que tenía.

#57 Bueno,…   » ver todo el comentario
#3 Esto ya ha pasado con los contratos "temporales" que se supone que eran para cubrir bajas o picos de faena, y tenías a gente años renovando contratos temporales, y cuando llegaban al límite de renovaciones los echaban. En realidad el empresario no tenía intención de que fueran temporales, sólo buscaba que tuvieran menos coste para la empresa.

Yo creo que es el mismo caso, un fraude de ley de manual.
#22 En mi empresa que son puestos concretos y específicos con localidad específica eso pasa bastante y lo de cubrir una baja canta tanto que si se demanda se gana siempre (no se suele hacer, también te lo digo)
Se contrata para la enfermedad/lo que sea de Fulanito y después se le tiene por todos lados
#3 a ver sinceramente si la idea es que sea un alquiler de larga duración, salvo que lo alquile habitación por habitación o en negro, el propietario que haga eso es gilipollas por qué llega la declaración y no se puede aplicar la bonificación del 50% por destinarlo a vivienda habitual.

Yo en mi zona lo que se estila entre los rentistas, es tener ese alquiler de temporada para poder hacer un alquiler de "larga" temporada de septiembre a junio, y después en verano alquilar por semanas/quincenas, que ahí si da rendimiento el hacer esa jugada
#23 Yo he entendido que en estos casos el propietario no lo declara.
#76 no lo declara por qué es un caradura que lo tendrá en negro{troll}
#3 No existe tal contrato, si el contrato es anual ha de serlo de vivienda habitual. Las cláusulas contrarias a la ley se tienen por no puestas.
#28 No es así, que tenga duración de un año o mayor no quiere decir que sea vivienda habitual. Lo único que determina el tipo de contrato es la finalidad que le de el inquilino. Puede ser un estudiante en el mismo piso durante 5 años y ser temporal porque su vivienda habitual es la de sus padres.
#28 es que hablamos de alquileres de temporada, máximo 11 meses, aunque lo normal es de septiembre a junio.
#73 Y aquí otra falsedad. Los 11 meses son un mito, una leyenda urbana que no tiene respaldo legal alguno.

Lo que determina la naturaleza, temporal o habitual del contrato, es el uso real y no la duración que se ha indicado.

Los once meses no aparecen en absolutamente ninguna parte de la ley.
#3 Los propietarios se van a comer la apelación con patatas. El fraude de ley en estas cosas es algo que los jueces están hasta el gorro de ver.

Y la ley ya lo deja claro. Pasa como con el contrato laboral: se presume de vivienda habitual si no se acredita otra cosa.

Entiendo que al profano esto le chirríe. Pero no. Los jueces están hartos de verlo, y los abogados decentes están hartos de avisarlo. Un contrato de vivienda temporal que no esté completamente acreditado está en fraude, y el casero se traga el contrato de vivienda habitual que quiso saltarse.
#37 pero el inquilino mintió con intención de engañar.
#75 El juez tendrá que determinar en cada caso si el inquilino miente con intención de engañar, o si el casero le dice "o temporal o nada, son lentejas".

Y lo que suelen ver es lo segundo.

El inquilino no ha conseguido casa gratis, simplemente ha conseguido una extensión temporal del contrato que corresponde a la vivienda de uso habitual. No desvirtúa ninguna obligación ni mucho menos la de pagar la renta o mantener el piso en buenas condiciones.

Y en esto, insisto, la ley no ha…   » ver todo el comentario
#80 Pues estás dandome la razón, si el casero dice "o temporal o nada" y ellos firman temporal, es que estaban mintiendo cuando hicieron el contrato, por lo que debería ser nulo.
#3 si el propietario no te lo arrienda por no firmar en fraude, y no por no ser estudiante, el que está comentando un delito de coacciones es el propietario.
#3 Ni tú ni nadie lo tiene tan claro.

Exculpar a "Clara" de todo este embrollo, me da a mí que es ser demasiado bien pensado y que en realidad el tema va a traer cola.

Ya que como dices, siempre los habrá aprovechados que quieran buscar subterfugios en la ley como en este caso, obligando a los juzgados a participar. Y eso directamente es inviable.
#3 ¿te has leído el artículo? Porque es justamente lo contrario a lo que dices. Son casos en que la gente quiere una vivienda habitual y para poder subir el alquiler cada año sin límites lo que quieren estos grandes propietarios es hacer contratos de temporada. El caso que ponen es justo el opuesto a lo que dices: le pusieron que era una estudiante cuando es una funcionaria. Si esos propietarios quisieran realmente hacer un contrato por temporada, entonces que no lo renueven y se busquen nuevos inquilinos, pero claro, ahora que no pueden forzar al inquilino a pagar la inmobiliaria, eso igual ya duele un poco más.
#3 Si el contrato se acabará de verdad, venga, me lo creo… pero como lo renuevan se ve claramente que está haciendo un tipo de contrato pero que la naturaleza del mismo y sus características son de otro… lo llames como lo llames no importa, es lo que es
Tengo una vivienda que he tenido en alquiler de temporada durante dos años, uno a dos estudiantes y otro a un ingeniero industrial desplazado.

El motivo por el que la pongo en alquiler de temporada es porque la vivienda la uso uno o dos meses al año cuando vuelvo a España de vacaciones.

Este año se quedará sin alquilar porque no he encontrado inquilinos que puedan justificar la temporalidad y paso de jugármela a que el inquilino se crea con derecho de quedarse en MI casa.

No me parece…   » ver todo el comentario
#4 Al final es lo que se están buscando. Si la gente miente al firmar un contrato y aún así les premia la justicia dejando que se queden tu piso, quién va a querer alquilar?
Yo estoy hablando con mi novia de irnos a vivir juntos a su piso, y el mío, que me quedan muchos años de pagar la hipoteca, pues igual lo dejo cerrado en lugar de arriesgarme a quedarme en la calle un día y pagándole la casa a algún caradura...es de locos todo esto.
#5 Luego se quejan de que hay viviendas vacías, en fin...

En mi caso se queda vacía por la inflexibilidad de la legislación no porque no haya interesados en alquilar por temporada.

Varios me encontré que aseguraban ser estudiantes pero cuando les pedía la matrícula de estudios y certificado de empadronamiento en otra localidad y se hacían los suecos... Uno hasta de enfadó ¡eso es información privada y no tengo porqué dártela! Ok, pues no te alquilo mi casa. Paso de que a pesar de que las…   » ver todo el comentario
#5 #6 ¿Inflexibilidad de la legislación? ¿De qué hablas? Un contrato de temporada de 11 meses es perfectamente legal y no tendrás problemas en echar al inquilino de la vivienda porque no es vivienda habitual. Un contrato de temporada de 12 meses es ilegal. No sé dónde está el problema.
#31 En que hay que justificar la temporalidad del alquiler, no vale con decir que el contrato es de 11 meses y listo. Y si lo justificas simplemente como que son estudiantes y resulta que no lo son pues si el inquilino es un poco espabilado te pueden hacer como el caso de esta noticia y no te lo quitas en 5 años. Yo personalmente no me la juego, sobretodo por un dinero que no necesito.

#30 yo he hecho un contrato de 9 meses y otro de 11, he dicho año pero debería haber dicho temporada.
#44 Pues es lo que tiene tratar la vivienda como un negocio o contrato, que tiene sus riesgos. Y en este caso el riesgo es que si el arrendador no se asegura de la condición del inquilino, tanto económica como de temporalidad, y arrienda su piso "con los ojos cerrados" al primero que pasa, pues debe sufrir las consecuencias de su falta de diligencia. Lo mismo que si un banco le presta dinero a alguien que ya es insolvente.
#24 #31 Un alquiler de temporada de 12 meses e incluso de más tiempo es perfectamente legal. El alquiler de temporada no especifica ni mínimo ni máximo, su duración depende de la causa de la temporalidad. Lo de los 11 meses es un mito, puede durar 3 años perfectamente.

Por ejemplo, si mi empresa me destina a trabajar un par de años en Madrid, puedo hacer un alquiler por temporada de 2 años y sería perfectamente legal.

Aquí el quid de la cuestión es que esta señora firmó un contrato…   » ver todo el comentario
#45 El mito de los 11 meses ha hecho muchísimo daño, y pocos son los caseros que se han comido las consecuencias de esa monumental pifia.
#51 Es que la mayoría de la gente que alquila son personas con pocas nociones económicas, que invirtieron en ladrillo porque es algo físico que ven más seguro que activos financieros como la bolsa y demás.

No obstante, cada vez ese perfil incauto va a menos porque la complejidad creciente de las leyes y la mala imagen que se difunde de la figura del casero lleva a que se lo piensen más antes de alquilar. Lo malo es que el perfil que atreve a quedarse es precisamente el que va a buscar la…   » ver todo el comentario
#61 El problema real es que se ha malentendido el alquiler. Hasta 2008 los especuladores no se metían ahí porque el verdadero objetivo era dar el pase vendiendo. El alquiler fue una solución de emergencia porque las ventas se pararon en seco, pero justo ahí se descubrió que la ley no estaba pensada para tener bicho un tiempo y luego largarlo a conveniencia.

La LAU de Rajoy quiso disfrazar de "flexibilidad" para tratar de resolver este problema, pero consiguió todo lo contrario. Desde…   » ver todo el comentario
#65 Es que por su propia concepción, no se puede frenar el precio, pues solo son un síntoma de una enfermedad, el foco tiene que estar en la enfermedad, no en el síntoma.

Si tenemos 10 viviendas a X precio en un determinado sitio y la quieren 1000 personas, ¿cómo decidimos quién se las queda?
Si subes el precio a X+30%, a lo mejor quedan 10 personas candidatas, que son las que se las quedan.
Si, por decreto, pones el precio a X-20%, subes la demanda potencial a 1500 personas. Además, 5 de…   » ver todo el comentario
#74 el mejor comentario que he visto en mucho tiempo. ¿Te puedo votar?
#87 Ser político no está en mi vocación, pero se agradece el cumplido :-D
#6 Se queda vacía porque has intentado alquilarla a través de un modalidad en la que tu casa al precio que has puesto no era competitiva. Asúmelo y deja de echar la culpa a papa estado.
#5 Esa inseguridad jurídica es de locos...
#10 Los actos contrarios a la ley son nulos si la propia ley no especifica otro efecto, y no se evita la ley que se trató de burlar.

Esta parte de la ley es clarísima. Algunos parece que han entrado en pánico cuando han descubierto que un contrato en fraude de ley se puede impugnar y forzar al cumplimiento de la ley. ¿Qué más seguridad jurídica se quiere?
#4 #5 pero es que este no es ese caso; aquí es un casero que lo único que quería era poder renegociar el precio cada año, eran alquileres de temporada de 12 meses no de 9-10 como el caso lógico que presentas compañero
#24 ya, pero yo he venido a hablar de mi libro... ;)
#5 #4 Si en un descuido bajando a comprar el pan te ocupan la casa. No me quiero imaginar si dejáis la vivienda sola tanto tiempo. Os la ocupan seguro! Es que no veis Antena 3 o Ana Rosa?
#5 Los contratos habituales pueden tener cláusula para ser recuperados por sus propietarios. Les acaba de pasar a unos amigos que les dieron 7 meses para irse y no se habían cumplido los 5 años. Es posible que ni cláusula sea necesaria porque ya viene recogido en la LAU, Artículo 9:
    3. Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese…   » ver todo el comentario
#4 en la costa de siempre se les ha alquilado a los maestros durante el año y en verano a los turistas
#4 Porque tu contrato es de temporada, luego ha de ser inferior al año. Un contrato de temporada de 12 meses es ilegal.
#30 Como te digo en el otro comentario no es verdad. Aquí un enlace que lo explica:
desalvador.es/actualidad/contratos-de-temporada-el-mito-de-los-11-mese
#4 ¿Y no te sale mejor irte a un hotel a todo trapo el mes o dos meses que vienes a España pagándolo con el alquiler que cobras? Pregunto
#33 Pues seguramente si, pero no es lo que quiero hacer, prefiero disfrutar de mi casa.
#50 Pero es que ya no es "tu" casa, es la casa donde vive otra gente más tiempo que tú...
#4 Nadie ha dicho que no se pueda hacer más un alquiler temporal.

Lo que nunca se ha podido hacer eran contratos en fraude con razones inventadas. Ni con la nueva Ley de Vivienda, ni con la LAU 2019, ni con la LAU 2013, ni con nada. Los jueces llevan mucho tiempo dejándolo claro, en este enlace se habla de una sentencia de 2016 nada menos.

miabogadodeconfianza.es/arrendamiento-de-11-meses/

Si el contrato tiene una causa correcta, y se indica que el inquilino con domicilio…   » ver todo el comentario
#4 Sobre esto añado otra cosa. Cuando el propietario alquila, pierde el derecho de uso y disfrute de la vivienda mientras dure el arrendamiento. Que es distinto del derecho a la propiedad.

Hasta que el arrendamiento termine legalmente, es morada del inquilino. Esto siempre ha sido así y los que llevan muchos años siendo caseros lo saben.

El propietario tiene que mentalizarse de que hasta que el arrendamiento termine legalmente, no es su casa, es la del inquilino. Para evitarse sorpresas, nada mejor que hacer un contrato con arreglo a la ley.
#4 ¡Claro que no te parece justo, guapi! Mucho mejor que sea el arrendador el que "justifique" la temporalidad DEL INQUILINO, ¿verdad? Así podrían elegir en cualquier caso si aplicar o no la LAU (cosa que, por supuesto, no haría ninguno). Y lo próximo, por supuesto, será dejar que sea el empresario el que justifique la situación de baja laboral del trabajador, pasándose por el foro lo que diga el médico :troll:
#4 Pero lo de alquilar la casa de manera residencial a una familia normal, y cuando vengas a España de vacaciones irte tú a un hotel no lo has pensado, ¿no?. Convenientemente te gusta más la idea de no tener un inquilino fijo, que casualidad :roll:

Te puedes meter TU casa por donde te quepa. Al final la solución a esto será prohibir los alquileres. Tiempo al tiempo. Y lo estudiantes a vivir en centros universitarios y los que están fuera por curro a vivir en pensiones u hostales de una…   » ver todo el comentario
#98 A mi lo del hotel no me vale, prefiero disfrutar de mi puta casa, la puta casa que yo compré, que reformé, amueblé y equipé con electrodomésticos, la casa donde me encuentro a gusto.

No la alquilo como vivienda habitual PORQUE NO ME DA LA GANA, porque es MI casa y quiero seguir usándola porque para eso me la compré y la adecué a mi gusto.

¿No te gusta lo que hago con mi puta casa? PUES TE JODES, que lo seguiré haciendo y ni tu ni nadie va a lograr que yo deje de usarla.
#99 A mi me suda los cojones lo que hagas con tu puta casa. Por mi como si arde. La casa de un especulador me importa bien poco. Pero espero que estés disfrutando del dinero y que te merezca la pena, porque desde luego se te ve amargado con ese rollo de meter estudiantes, currelas y demás y comprobar que no te la cuelan xD.

P.D.: La casa que compraste, reformaste, amueblaste y equipaste con electrodomésticos, la casa donde te encuentras a gusto, se la están follando otros :troll:
#4 en su cabeza sonaba espectacular. Este es de los que votaba a Podemos pero luego se cambió a Vox.
Como diría el triunfito aquel: esa gentuza que conoce la ley y te obliga a aplicarla en su beneficio. :roll:
#1 Sin duda.

Pero tampoco está de más algo de "honestidad" por parte del que firma. Al menos a la hora de denunciar irregularidades flagrantes como la de su propio contrato:

"A Clara, el contrato de alquiler que le pusieron en su día sobre la mesa, para solo doce meses, especificaba que era “por motivo de estudios o prácticas profesionales”. Ella lo firmó, pero ni siquiera eso cambia las cosas. “La realidad no se altera por mucho que uno firme que es estudiante,

…   » ver todo el comentario
#2 te puedes ver forzado desde el momento en que necesitas el alojamiento urgentemente, no hay nada disponible y tienes que aceptar lo que sea aunque sea una injusticia
#16 A simple vista no parece que el alojamiento fuera en este caso para esta señora de un "momento de urgencia".

Aparentemente tuvo tiempo de sobra para encontrar alternativas dentro de la legalidad y siendo consciente de que cumpliera el contrato que firmaba, según la historia que ella narra y los tiempos que transcurren:

"yo estuve de baja por ansiedad y medicándome por depresión”, remarca Clara, que consultaba los portales inmobiliarios y se daba cuenta de que lo que

…   » ver todo el comentario
#35 No, no es cómplice de ninguna estafa, porque esa figura jurídica no se aplica aquí. Pero deberías saber que, aunque así fuera, es jurisprudencia consolidada del TS que en los delitos de estafa, en los que muchas veces la parte estafada a su vez actúa con cierto ánimo doloso de aprovecharse de la parte estafadora (suele ser el gancho para la estafa), es inimputable por tal delito (precisamente porque el delito se establece para proteger a dicha parte).
Lo único que el juez ha tenido en cuenta en la sentencia (y ha hecho bien) es si el contrato intentaba defraudar la LAU, cosa que queda claro desde el mismo momento en que lo ha renovado durante cuatro años.
#53 La jurisprudencia que exista sobre el tema la desconozco.

En #35 no hablo de figuras jurídicas ni de ninguna terminología técnica sobre el tema, por obviamente no soy experto. Simplemente expongo mi punto de vista y destaco la "intencionalidad" detrás de cada una de las partes. Una igual más evidente la otra, pero no por eso no destacable y hasta legítimamente criticable la menos evidente.

Pero sí, ciertamente .

Por ejemplo, en el timo de la estampita, la "víctima" en realidad se cree que se aprovechando del estafador.

Seguirá siendo víctima el aprovechado de turno. Pero efectivamente, dolo hay por medio y además en este caso con perjuicio a terceras partes.
#25

"el problema es que si no firmas eso tu, lo firmará el siguiente"

¿Y esa asunción desde cuándo es válida para firmar contratos que no cumples?

Con esa premisa (más bien falacia), justificaremos cualquier tipo de ilegalidad y justificaremos constantemente el fraude conjunto.

Es como si nos pusiéramos ahora espléndidos justificando los pagos en B.

La culpa no es 100% de la víctima. Es más bien parcial y compartida con quien redactó y emitió el contrato, sobretodo…   » ver todo el comentario
#43 lo pudo haber dejado pasar por eso de que agua pasado no mueve molinos. De cualquier manera ceeo que la ley es clara para arrendamientos entre particulares, todo lo que no esta contemplado en la ley cabe en el contrato, pero no a la inversa
#2 el problema es que si no firmas eso tu, lo firmará el siguiente, porque hay muchísima demanda de alquiler.

Esa es la raíz del problema que hay que solucionar, y lo demás es poner la culpa en el lado de la víctima, que es el inquilino.
#25 pero igual firma uno que sí tiene necesidad real de un contrato por meses, y se lo está quitando a un medico que va a hacer una rotación de tres meses en el vall d'hebron o a un posgrado de la Pompeu fabra
#2 Es que la inquilina firmó sabiendo que era ilegal, por eso denunció y ganó.
#26 Que cosa era Ilegal?
Que ella firmo el contrato sabiendo que se iba a quedar mas de 11 meses?
Que le preocupaba que alguien le quitara el piso que ella queria?
EL propietario le oculto que el piso seria solo para 11 meses?

A ella le molestó que la duración fuera de tan solo un año, de abril de 2021 al de 2022. “Era un o lo tomas o lo dejas, y dije que sí”, recuerda. Pero lo cierto es que ella no estaba de paso en esa vivienda, iba a ser su hogar, y un juez ha resuelto este verano que tiene derecho a quedarse en el piso durante siete años,

Lo de este pais no tiene nombre
#59 ¿Sabes qué ocurre? Que si al finalizar ese año el arrendador hubiera optado por no prorrogar el contrato y ella se hubiera negado, muy probablemente habría ganado el juicio y ella habría tenido que marcharse. Pero desde el momento en que el arrendador prorroga inmediatamente el contrato, probablemente subiéndole la renta por el máximo permitido por la ley, está dejando claro que no se trata de un arrendamiento de temporada, por mucho que lo haya llamado así, sino que simplemente se había…   » ver todo el comentario
#64 . Pero desde el momento en que el arrendador prorroga inmediatamente el contrato, probablemente subiéndole la renta por el máximo permitido por la ley, está dejando claro que no se trata de un arrendamiento de temporada,

FALSO
. Renovar no implica que no sea un arrendamiento de temporada

Pero yo estoy deacuerdo contigo a los 11 meses hay que echar al inquilino y buscar otro. Total hay deficid de viviendas , y una lista de espera de personas buscando donde vivir
#82 Si el contrato se renueva automáticamente sin necesidad de notificación alguna, y encima se da la circunstancia de que se sube la renta en el máximo de lo permitido por la ley, está claro que no hay diferencia alguna con un contrato de arrendamiento de vivienda habitual... vamos, que es un fraude de ley como la copa de un pino que intenta permitir que en el momento en el que el arrendador quiera, pueda echar al inquilino (o subirle el precio en lo que le salga de las narices). Así que efectivamente, renovar un contrato de temporada no implica que no lo sea, pero la forma en que se renueva sí puede dar lugar a que no lo sea.
#2 "o me firmas eso o cojo a otro"

Ale, ya tienes ahí porque la jueza ve que la partee contratante pudo ser algo que se parece mucho a coaccionada.
#2 La cuestión no radica en si la señora fue obligada o no a firmar el contrato, sino en que el arrendador intentó eludir la ley fraudulentamente. Es irrelevante que la señora haya actuado con o sin conocimiento de la ley, porque el que la estaba incumpliendo era el arrendador, y el art. 6 del Código Civil establece claramente las consecuencias de tales actos.
#2 q pida matrícula de estudios o algún justificante para constatar q es un estudiante quien alquila. Sino parece q al propietario solo le interesa evadir derechos del inquilino
Teniendo en cuenta que hace 5 días decías que tenias un contrato de luz en España

www.meneame.net/story/bruselas-exige-espana-plan-eliminar-tarifa-regul

Y que dices que vives en una ciudad donde llegó el AVE.

www.meneame.net/story/guerra-precios-renfe-iryo-ouigo-descarrila-187-m

Junto con otros mensajes donde hablas de asuntos del día a día personales que solo pasan en España juraríamos que lo que tienes de Chipre es la bandera en tu habitación en casa de tus padres, Jose Luis.
#11 y que te tiene en el ignore.
#11 xD xD
Hablabas de #_6? Estoy confuso (es para decírselo y reírnos los dos xD)
La inseguridad jurídica que hay en España es cada día mayor. Luego la gente se pregunta por qué baja la oferta y suben los precios.
#36 Ya ves, es un drama que te intenten timar incluso cuando estás firmando un contrato de alquiler...
#79 Sí, en este caso el timado es la propiedad, y la justicia, de república bananera.
#81 Claro que si hombre, vete a la Audiencia Nacional, que no tienen ni puta idea...
Que la persona que alquilaba el piso se lo hubiese pensado 8 veces antes de echar a alguien solo por querer sacar mas de un 2% anual. A pagar las costas judiciales y con la boquita cerrada. La próxima vez créeme que se dejará de tonterías.

Los propietarios de la casa de enfrente tenían a una família alquilada, estuvieron 7 años sin ningún retraso en el pago del alquiler. No les renovaron el contrato para poder…   » ver todo el comentario
Lo que si que no está bien es la aseveración "quedarme en mi casa"
Yo he vivido de alquiler y siempre he tenido claro que no era mi casa, he estado el tiempo pactado, y ya, sabiendo perfectamente que no era mi casa.
Mucha gente no entiende o no quiere entender que un piso de alquiler no es tu casa, por muchos años que estés
#21 lo siento pero estas equivocado. Según la constitución española, articulo 18, el domicilio es inviolable. Si una persona tiene como vivienda habitual un domicilio alquilado y tiene papeles que lo demuestra (y un contrato de arrendamiento lo es), puede decir sin ningún tipo de dudas que es su piso (aunque no podra hacer obras ni otra cosa claro). Incluso el arrendador no puede entrad a su propio piso salvo que el arrendatario le de el permiso.
#39 Es su domicilio, el lugar donde tiene su residencia habitual, pero no es su casa o su piso.
Como dije hace unos días  media
Claro, porque es totalmente conocido que todos los propietarios ponen alquiler por temporada porque efectivamente solo quieren esa temporada. No porque la ley les obligue a ciertas cosas si fuera para alquiler normal.

Y varios defendiendo este fraude de ley porque al primo del cuñado de su tio le pasó no se qué.

Te tienes que reir.
#7 El resto de propietarios no lo sé, en mi caso si que es así.

Hoy por hoy si quiero utilizar la casa unos meses y alquilarla el resto legalmente solo puedo hacerlo con alquiler de temporada justificando el motivo por parte de los inquilinos o alquiler turístico. Tengo dificultades en alquilar por temporada pues probaré con el turístico, desde luego que no voy a alquilar como vivienda habitual y perder el uso de mi casa durante 5 años.
#8 el alquiler turístico exige exclusividad, por lo menos en las comunidades donde yo los tengo. Quiere decir que no se puede alquilar durante un tiempo para disfrutarla el resto.
Es la norma, luego ya está como se comprueba
#12 Justamente te está diciendo que no es alquiler turístico.

Me parece que mucha gente confunde alquiler de temporada con turístico y no tienen nada que ver.
#13 Hombre, si que es cierto que digo que mi intención para el año que viene es poner la vivienda como alquiler turístico...

#12 Creo que no es así en la comunidad autónoma de Aragón (al menos no vi nada en una ojeada rápida de la ley), en cualquier caso, el uso que haría de mi propia vivienda turística sería turístico :roll: y lo que dices, no creo que vayan inspectores visitando viviendas turísticas a ver quién se aloja ellas...
#7 El alquiler de temporada no tiene porque ser por una temporada! :palm:

Una persona puede perferctamente no querer dejar pasar 5 años sin poder decidir sobre su piso, porque lo quiere vender o lo que sea, por lo que lo pone en un alquiler por menos tiempo, la legislación obliga a un alquiler residencial de, como mínimo, 5 años, por lo que ese propietario, al que no le interesan los 5 años, tiene todo el derecho del mundo a alquilarlo por menos tiempo a cambio de no recibir los beneficios por…   » ver todo el comentario
#9 todavía más? Si ya está bonificado al 50% y 60% por ciento dependiendo de la comunidad. Igual quieres un premio también además de llevarte el alquiler todos los meses. A algunos os puede la avaricia de una manera que ya me gustaría creer en el infierno.
#9 Un piso se puede vender perfectamente con un contrato de alquiler. Ahora dependerá del comprador valorarlo como algo bueno (ingresos) o negativo (necesito el piso para mi, ahora, ya pero ya)
#7 No. Muchos lo ponen por temporada porque no se aplica la ley de arrendamientos urbanos. Si los vencimientos son más cortos o hay más rotación de inquilinos puedes subir más el alquiler.
Por cada ciudadano español beneficiado por una "sentencia favorable" de la lenta, costosa y desesperante "justicia española" hay otros tres millones de ciudadanos españoles estafados, despedidos, desahuciados, multados o arruinados sufriendo las consecuencias. Es una estimación a ojo, que nadie corra aterrorizado en círculos... o mejor sí, mejor salir corriendo.
#17 Molaría hacer un ranking, quién es mas perjudicado, inquilinos o arrendadores, y los perdedores los eliminamos de la ecuación a lo Thanos...
si estas de alquiler no es tu casa
#83 No es tu casa si no puedes entrar en ella cuando tu quieras (hablo para los propietarios) ;)
#96 correcto. Ni del inquilino ni del que está en las escrituras. Es del Estado, los comunistas de esta web deben estar muy contentos
«12

menéame