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Ilegal, despedir a soldados por ser seropositivos: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró ayer inconstitucional el artículo 226 fracción 45 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (LISSFAM), que faculta al alto mando del Ejército a dar de baja por “inutilidad” a soldados contagiados con el virus del VIH-Sida. El argumento del Ejército es que no son aptos para el servicio de las armas; sin embargo, el criterio que regirá en adelante es el contrario y será obligatorio para todos los jueces del país que conozcan de amparos contra el citado artículo.

| etiquetas: suprema corte , vih , seropositivos , soldados , derecho humano

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