Las leyes que regulan las migraciones internas en Cuba, prohíben que una persona que vive en el Oriente cubano se establezca de modo permanente en La Habana. Aquí, la estancia de un oriental o “palestino” —como les llaman debido a las restricciones y a lo azaroso de sus vidas— no puede sobrepasar las 72 horas, si no se arriesga a ser deportado a su lugar de origen y bajo las peores condiciones. A los llamados “palestinos” se les segrega y humilla con tales medidas de control.
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