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Gobierno anunció que utilizará el 2% constitucional para financiar el Transantiago

Artículo 32, inciso 20 de la Constitución, establece lo siguiente: "el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros de Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país".

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